Erica, curioso caso.
Vos misma acreditaste ante la Anses y recurriste ante la Carss???
Obvio que pudieron probar fehacientemente la separación de hecho de los cónyuges, sino, ¿porqué iban a denegar la pensión a su viuda?
Lo único que se me ocurre, es que si vos no realizaste esos trámites, tomes vista de los mismos, para fundamentar la vía judicial, que aparentemente es tu último recurso.
No creo que encontremos el escrito que solicitás; deberás armarlo en base a tu probatoria y peticionando al magistrado como cualquier otra demanda.
Pero armála en forma contundente y veraz, de ello depende el resultado exitoso de la contienda.
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