La justicia previsional dio lugar a una medida cautelar que ordena recalcular el ingreso previsional
Por Silvia Stang
Para Diario La Nación
A través de una medida cautelar, la justicia previsional ordenó aumentar en forma inmediata el haber jubilatorio de un ingeniero que desarrolló tareas de investigador científico, para lograr que el ingreso percibido sea equivalente al 85% del monto que hoy cobra un profesional en el cargo que él ejercía cuando comenzó a cobrar la jubilación. La medida beneficia a José Herrera Cano, un sanjuanino de 79 años, y fue dictada por la sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social.
Así, por dos votos a favor de la petición del jubilado y uno en contra, la sala reconoció el derecho a cobrar el haber según el régimen especial para investigadores científicos y tecnológicos dispuesto por la ley 22.929, cuya validez fue declarada por la Corte Suprema en 2005. El ajuste le significará al jubilado un aumento significativo, ya que, según dijo el propio profesional en diálogo con LA NACION, su haber actual representa alrededor de un 40% del salario de quien está en actividad como "profesor extraordinario emérito" de la Universidad Nacional de San Juan (tal es el puesto que ocupaba en 2002, cuando comenzó a cobrar su jubilación).
Según lo dispuesto, y bajo apercibimiento de una multa personal contra el responsable de la oficina de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) de San Juan, el ingreso correspondiente a octubre deberá ser liquidado con el nuevo monto. Mientras tanto, el juicio seguirá su curso para que se llegue a una resolución definitiva. En un contexto en el que los litigios suelen tardar varios años, sobre todo en un fuero colapsado como el de la seguridad social, la medida cautelar permite que el jubilado cobre su haber con el reajuste que le corresponde, sin que tenga que esperar hasta el final del trámite de una causa que, dados los antecedentes, se espera que salga a su favor.
Una particularidad de la sentencia que favorece a Herrera Cano es que los votos a su favor fueron emitidos por los jueces Luis Herrero y Emilio Fernández. Son los dos magistrados contra quienes la Anses -parte demandada por los jubilados- presentó un pedido de investigación ante el Consejo de la Magistratura. A Herrero, además, el organismo busca apartarlo del tratamiento de los expedientes que llegan a la sala. En cambio, la jueza Nora Dorado -en cuyas acusaciones a sus pares se basó el organismo previsional para su denuncia- se pronunció en contra de dar lugar a la medida cautelar.
Herrero y Fernández ya habían admitido el derecho a un reajuste inmediato de haberes en favor de jubilados que reclaman por la aplicación del criterio Badaro, referido a la movilidad de los haberes entre 2002 y 2006. La que se conoce ahora es la primera cautelar sobre un tema diferente al de la actualización que, para compensar los efectos de la inflación, debieron haber tenido los ingresos en el período mencionado.
Ajuste insuficiente
Al igual que el régimen especial de docentes (que prevé una jubilación del 82% móvil), el de científicos fue derogado por un decreto de 1994, cuestionado en la Justicia. En 2005, un nuevo decreto restituyó el sistema, incluyendo una suba de dos puntos porcentuales del aporte jubilatorio. Pese a que el fallo reconoce que Herrera Cano recibió un suplemento especial a partir de agosto de 2006 (en función de ese decreto), su abogada patrocinante, Grace Bridge, explicó que ese ajuste fue insuficiente para cumplir con el objetivo de la ley especial: en primer lugar, porque se consideró el 85% del salario del momento de la jubilación (en 2002); además, porque no se aplicó luego la movilidad del régimen de científicos, sino que el haber se movió en función de las subas generales dispuestas por el Gobierno.
Según expresa el voto del juez Herrero, la pretensión del jubilado litigante fue analizada a la luz de la resolución que ya tomó la Corte Suprema en casos como el de Massani de Sese, Zulema, en el que se reconoció el derecho de la demandante a percibir sus haberes bajo el régimen de científicos. A su vez, ese fallo citó como antecedente el favorable a Esther Gemelli, en el que la Corte reconoció el derecho de un haber del 82% del último salario para los trabajadores docentes.
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