| Ley Peones Rurales | |
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+9marimguay dominique hernanpereyra santi6 clara Gaturro La Pequeña Lulú gloria carlos alberto 13 participantes |
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Autor | Mensaje |
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: Ley Peones Rurales Vie Dic 23 2011, 11:10 | |
| Alguien sabe: tiene nro la ley de peones rurales? Se publicó en infoleg? El texto incluye los reuqisitos de edad (57 años) y aportes (25 años de servicio)? Carlos. |
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gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Sáb Dic 24 2011, 00:24 | |
| Abajo a la derecha, tenés el ícono de INFOLEG! Dále una mirada vos mismo Carlos Alberto, _________________ Antes de realizar alguna consulta, revisar con la opción “Buscar”. Puede que alguien haya respondido antes esa duda.-
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La Pequeña Lulú Auxiliar
Mensajes : 149 Empleo /Ocio : ABOGADA
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Sáb Dic 24 2011, 00:55 | |
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Sáb Dic 24 2011, 10:47 | |
| - La Pequeña Lulú escribió:
- https://previsional.forosactivos.net/t12683-nuevo-estatuto-peon-rural
Gracias por comentar mi post, la noticia la leí pero me quedan mis dudas. La ley (o proyecto?) está vigente? Q nro tiene? Lo sabe Anses? Como se va a plicar; mucho más sabiendo q este personal casi siempre estuvo en negro. Tb. si los rurales autónomos disfrutaran de la reducción de edad y servicios. Gracias. Carlos. |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Sáb Dic 24 2011, 10:56 | |
| Muchas veces los medios de comunicación difunden leyes que han sido aprobadas por el Poder Legislativo. Si bien la difusión de una norma recientemente sancionada, puede anticiparnos los lineamientos generales que se propone, hay que tener en cuenta a las siguientes observaciones:
1. Una Ley entra en vigencia, a partir del momento en que ella lo establece, y en caso de no haberse establecido, lo hará a partir del octavo día de la fecha de publicación en el Boletín Oficial.
2. Una Ley sancionada por el Poder Legislativo, debe pasar al Poder Ejecutivo para su promulgación. Es aquí cuando hay que tener mucha cautela, dado que el Poder Ejecutivo, puede:
1. Vetar (rechazar) la Ley Sancionada, por lo cual, por más que se haya difundido en los medios de comunicación masiva, la misma no será aplicable.
2. Observar algunos párrafos o artículos de la Ley (lo que sería un Veto Parcial), por lo cual, la Ley tal cual fue publicada en un medio de comunicación, no tendrá plena vigencia. (En caso de suceder esto, se aclara en el artículo o párrafo con la leyenda "Texto observado por Decreto Nº ....." o anuncio similar.
3. En muchas oportunidades, una Ley requiere de otra norma que la reglamente, por lo que hay que esperar a que se publique la reglamentación.
En consecuencia, se recomienda sólo tener como válida toda Ley publicada en el Boletín Oficial, por lo que hay que esperar a que la misma sea publicada, para tener pleno conocimiento de cuál es el texto vigente.
Este foro aclara siempre cuando es un proyecto legislativo cuando lo aprobaron una o las dos camaras, cuando fue promulgada y publicada en el Boletin Oficial, recien alli, la da por plena y como tal la incluye en el subtitulo Leyes en la Biblioteca Previsional _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: Ley Peones Rurales Sáb Dic 24 2011, 11:01 | |
| Gracias por tus comentarios gaturro, fuiste más explícito que yo, xq esas eran mis dudas. Supongo que la ley no está todavía vigente xq el ejecutivo no lo ha promulgado aún. Esperemos q lo haga y rogemos q haya alguna forma de probar servicios en negro, q son de lo más abundante en estas zonas, nordesde del país. Carlos. |
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: ley de trabajo agrarioYa Miér Dic 28 2011, 15:43 | |
| - gloria escribió:
- Abajo a la derecha, tenés el ícono de INFOLEG! Dále una mirada vos mismo Carlos Alberto,
Ya salió la ley, es una gran cosa pero hay q ver la reglamentación, en especial x los períodos trabajados en negro, q son de lo más abundante. Carlos. |
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clara Gran Usuario
Mensajes : 423 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Miér Dic 28 2011, 18:16 | |
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: trabajo agrario Vie Dic 30 2011, 12:18 | |
| La verdad, espero q el próximo año sea mejor q éste. Ya termina bien el 2011, con esta ley y la causa Hoffman. Espero q no haya más palos en la rueda, q la reglamentación sea benigna con los beneficios a aplicar y q los juzgados federales apliquen Hoffman sin dilaciones. Carlos. |
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santi6 Auxiliar
Mensajes : 221
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Sáb Feb 23 2013, 00:56 | |
| hola como estan me llego una jubi para hacer de un puestero, la duda grande es si tenemos que esperar la reglamentacion de la ley para presentar o podemos ir presentando con la circular de anses de diciembre......gracias
santi |
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Sáb Feb 23 2013, 08:20 | |
| - santi6 escribió:
- hola como estan me llego una jubi para hacer de un puestero, la duda grande es si tenemos que esperar la reglamentacion de la ley para presentar o podemos ir presentando con la circular de anses de diciembre......gracias
santi Yo presenté mi caso al Anses. Cuando le den el beneficio, el retro corresponde desde el inicio, o sea fecha de pedido de turno. Suerte. Carlos. |
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hernanpereyra Meritorio
Mensajes : 25
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Lun Mar 04 2013, 21:28 | |
| Yo ya he presentado, varias jubilaciones con el nuevo regimen, y a todas te las mandan a verificar. Al dia de la fecha aun no tengo ninguno resuelto, cuando tenga novedades aviso, pero yo iria presentando tramites.-
Es mas antes que salga la reglamentacion yo ya habia presentado tramites y me las tenian a la espera de marco legal. y en algunos que tenia urgencia pedia que los consideraran como comunes, haciendo reserva del caracter diferencial para el momento que exista reglamentacion de la ley.- |
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dominique Gran Usuario
Mensajes : 986
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Lun Mar 04 2013, 23:13 | |
| Si los servicios eran considerados comunes es porque tiene los 65 años de edad y los 30 de servicios;ahora, cuál es la ventaja o mejor la conveniencia de reclamar luego por una diferencialidad siendo que no es la misma fecha inicial de pago? |
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hernanpereyra Meritorio
Mensajes : 25
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Mar Mar 05 2013, 13:27 | |
| - dominique escribió:
- Si los servicios eran considerados comunes es porque tiene los 65 años de edad y los 30 de servicios;ahora, cuál es la ventaja o mejor la conveniencia de reclamar luego por una diferencialidad siendo que no es la misma fecha inicial de pago?
Es que los tramites que tenia iniciado eran reconocimientos de servicios de los cuales muchos eran servicios temporarios discontinuos. Al menos aca la mayoria de los rurales son discontinuos. Por tal motivo mande a verificar el carecter de discontinuo como para tener la certeza de los años que van a reconocer.- Y la conveniencia era, el ganar tiempo en que me verifiquen tal caracter, porque como tengo que completar con moratoria tengo que saber bien los años que me van a reconocer.- |
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: peones rurales Mar Mar 19 2013, 15:03 | |
| Hoy se movió el expte. de mi cliente, espero q sea p bien. Lo pasaron de: 18-en espera de normativa a 15-en liquidación. Veremos. Carlos. |
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marimguay Gran Usuario
Mensajes : 394
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Mar Abr 09 2013, 11:01 | |
| Novedades sobre Rurales ha tenido alguno? |
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VIGA Gran Usuario
Mensajes : 819 Empleo /Ocio : OPERADOR PREVISIONAL
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Mar Abr 09 2013, 12:55 | |
| Novedades en que sentido ?... Ayer presente un tramite por este regimen y lo tomaron sin problemas, esta en estado de iniciacion |
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marimguay Gran Usuario
Mensajes : 394
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Mar Abr 09 2013, 16:38 | |
| si me referia a eso. si han iniciado y como lo caratulan. Xq quedaban en estado 18 por mucho tiempo, y no se movían mas. Gracias!! Voy a empezar a trabajar un caso q esta esperando |
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dominique Gran Usuario
Mensajes : 986
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Mar Abr 09 2013, 17:24 | |
| No hay motivo para retenerlos, están saliendo acordados con la documentación que prueba la actividad.- |
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: Peones rurales Mar Abr 09 2013, 22:48 | |
| - marimguay escribió:
- si me referia a eso. si han iniciado y como lo caratulan. Xq quedaban en estado 18 por mucho tiempo, y no se movían mas. Gracias!! Voy a empezar a trabajar un caso q esta esperando
Mi caso estaba en estado 18: en espera normativa y lo pasaron hace una semana a estado 15: en etapa de resolución. Pero de ahí no se movió. Suerte. Carlos. |
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: peon rural Jue Abr 18 2013, 17:07 | |
| Hoy en anses le notificaron a mi cliente que obtiene su jubilación, debe presentar el cese y ampliación de servicios. Tiene aportes como peon rural y algunos años con sicam para completar, x lo q tuve q hacer prorrateo. Carlos.
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VIGA Gran Usuario
Mensajes : 819 Empleo /Ocio : OPERADOR PREVISIONAL
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Jue Abr 18 2013, 17:19 | |
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MARIAALEX Gran Usuario
Mensajes : 2707
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Vie Abr 19 2013, 06:23 | |
| Tengo varios presentados, pero todos están en verificación, hasta ahora no salió ninguno otorgado. |
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clara Gran Usuario
Mensajes : 423 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: Ley Peones Rurales Vie Abr 19 2013, 11:31 | |
| - carlos alberto escribió:
- Hoy en anses le notificaron a mi cliente que obtiene su jubilación, debe presentar el cese y ampliación de servicios. Tiene aportes como peon rural y algunos años con sicam para completar, x lo q tuve q hacer prorrateo. Carlos.
muuuuy biennn!!! |
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leandro222 Meritorio
Mensajes : 2
| Tema: jubilacin rural Sáb Abr 20 2013, 18:29 | |
| mi cliente tiene una jubilación por empleado rural y esta en verifico de aportes (08) eso que significa.?? perdón por mi ignorancia pero soy nuevo y no tengo conocimientos provisionales
No repitas por favor los posteos, leé el Reglamento del Foro nuevamente!!! |
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| Tema: Re: Ley Peones Rurales | |
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