Se trata de obtener una jubilación para una mujer casada, de nacionalidad Argentina que no ha realizado ningún aporte.
Consulté su SIJP y su TELEX DE AUTONOMOS y nunca estuvo inscripta en autónomos, ni posee historia laboral en Anses bajo relación de dependencia.
Esta mujer Nació el 18 de noviembre de 1951 por lo que hoy cuenta con 60 años, un mes y 18 días.
ANALICE EL CASO DE LA SIGUIENTE MANERA:
Requisito de la ley: 30 años de servicios
LEY APLICABLE: LEY 24476
SITUACION DE REVISTA
12/1969 al 12/1999 Tomando como actividad barata la 307 costurera
(Empecé a contar desde el 12/1969 porque le sumo un mes a la fecha en la que Sra. Cumplió sus 18 años (11/1969-) para armar la situación de revista y luego sume 30 años)
BENEFICIOS
Art. 3 ley 24476 para los períodos desde 06/1977 hasta 09/1980
04/1984 hasta 01/1986
Por un total de 5 años de DDJJ de acuerdo al año de cese ficto (1999)
En este caso aplique DDJJ a los meses más caros para reducir el importe de la cuota.
Descarte aplicar el art. 38 de la ley 24241 porque sólo se aplicaba a aquellas personas que cumplieran 18 años hasta 12/1968 y consideré que beneficio por exceso de edad tampoco es aplicable.
No se si me queda algún beneficio por aplicar y si el que aplique lo hice bien. Por favor sepa disculpar las molestias, es que tengo algunas dudas y desde ya agradecería su respuesta.
Que tenga un buen comienzo y prospero año nuevo.
Es función del foro orientar y/o ayudar con alguna duda puntual sobre Sicam, pero no el control exacto y total del mismo, planteos generales de situaciones de revista, ni realizar ningún tipo de cálculo. Para algunos de éstos existen programas especiales pagos.]