Hola estoy haciendo mis primeros pasos y me salio este jubilación.
Señora italiana nacida el 12/11/1947 ingreso al país según dni, 27/04/1962, es decir antes de cumplir los 18 años (12/11/1965). Nunca le aportaron (era domestica) por lo que debería acceder a moratoria pudiendo hacer uso del beneficio del art. 3 24476 (7 años por cese anterior al 93)
Según lo que se de cursos y si sumo bien (lo mas difícil para mi ja)
Me da que podría jubilarse con la siguiente situación de revista:
12/11/1965 - 30/09/1993 Moratoria (27 años, 10 meses y 19 días)
30/09/1986 - 30/09/1993 Beneficio art 3 ley 24.476.
Exceso de edad : 2 años, 1 mes y 21 días.
Conclusión: sumaría 30 años y 10 días.
Como es una de las primeras veces que lo hago y es la primera viable que tengo quiero ver si me pueden ayudar para saber que no me mande ninguna. Desde ya gracias y disculpen cualquier error que haya cometido.
REGLAS DEL FORO Y DE ESCRITURA
2.- El forista mínimamente debe tener una base a la hora de consultar, tenemos material en la Biblioteca para los recién iniciados. No abuse de la solidaridad de los participantes.-
3.- Es función del foro orientar y/o ayudar con alguna duda puntual sobre Sicam, pero no el control exacto y total del mismo, planteos generales de situaciones de revista, ni realizar ningún tipo de cálculo. Para algunos de éstos existen programas especiales pagos