Como Contador, me acaban de pedir que cuando obtengan unos índices del Anses realice los cálculos respectivos para presentar en un juzgado, y cuando me explican el tema se me cayó toda la lógica que suponía existe en este tema...que paso a contar:
Una Sra. con mas de 25 años de pensionada, siempre cobró pensión mediana y por encima de los mínimos, inclusive por los periódos de inicios del 2000, o sea que durante ese lapso no tuvo reajustes porque cobraba mas del mínimo y nunca el mínimo alcanzó a su pensión. De hecho hoy sigue cobrando una pensión casi 1,5 veces el mínimo.
Un profesional la asesoró que le faltaba reajustar por los primeros años del 2000 e iniió juicio reclamando Badaro y después de muchos años obtuvo sentencia favorable disponiendo la cámara los ajustes del caso.
Resulta que presentaron el pedido de liquidación en el Anses a fines del 2011, todo rápido y sin problemas, y el Anses al mes contesto que había liquidado aplicando el fallo Badaro , Y QUE NO RESULTABA NINGUN MONTO A REAJUSTAR.
Ahora el profesional algo desconcertado por este resultado, está esperando no se que indice del Anses para que yo le calcule y presentar en el juzgado.
Mi pregunta a los especialistas es, cálculos aparte, es lógico que si alguien tuvo una Pensión siempre por arriba del mínimo y por lo tanto no tuvo reajustes durante el periodo badaro, cuando le aplican ese fallo no haya nada por ajustar??