Hola Buenas Tardes, quisiera hacer la siguiente consulta, se trata de un señor de 70 años extranjero , ingreso al pais en el año 1961, pidio en migraciones en certificado de ingreso y no encuentran la entrada al pais, la prueba mas antigua es el dni con fecha de ingreso en el año 1974, su hija nacio en 1978, tiene aportes en relacion de dependencia aprox 5 años en la construccion, monotributo social 1 año, se le puede comprar por moratoria 19 años y 1 mes, y aparte el excedente de edad. A este señor lo quisieron jubilar en el año 2010 y le hicieron pagar servicio domestico desde 04/2000 hasta 03/2006 estos pagos fueron realizados desde 01/2010 hasta 07/2010 pagando $20 mas $23 voluntario. Entre estos meses salio una circular de anses que requeria el pago de los intereses creo que fue en el mes de junio si mal no recuerdo.Este debe ser el motivo por el cual el señor hasta hoy no pudo jubilarse.
Haciendole el computo al dia de hoy, este señor necesitaria solamente 2 años del servicio domestico que abono oportunamente, la pregunta es ¿podria pagar solamente los intereses de los meses que necesita para jubilarse y renunciar al resto que no necesita? y no ponerlos en la situacion de revista de sicam.
Desde ya muchas gracias a quien pueda contestar?