Muchas gracias Periquita!!!
Tenía la duda porque a las pensiones, hasta ahora, yo le aplicaba la Ley 14236 a períodos prescriptos y el Decreto 526 a los períodos no prescritos. Pero leyendo algunos mensajes del foro, leí que en varias udais les pedían liquiden las pensiones y apliquen el Decreto 526 a la deuda completa sin usar la 14236.
Así que ya con tu respuesta, liquido y aplico el D 526 sin dudarlo.
Gracias de nuevo por tu respuesta.