Estimados foristas: tengo que iniciar una pensión directa, causante afiliado a autónomos y voy por la irregularidad con derecho de 15 años de aportes, 12 períodos pagos en tiempo y forma dentro de los 60 meses previos al fallecimiento. Necesito comprar algunos pocos años para llegar a 15. No hay incompatibilidad por res. 884, ya que la viuda no posee otro beneficio. La duda es: escuché esperando un turno en ANSES un comentario de un colega, al que no le permitieron en un caso igual (comprando para 15, sin otro beneficio) el pago en cuotas, en base a un circular del 2012. No pude ubicar esa circular y por eso les consulto si saben algo al respecto o se trata de alguna mala interpretación de un iniciador. Desde ya muchas gracias.