La sra tiene sdm real desde 2007, tiene 68 años y es extranjera con entrada al país en 1994. Iba a iniciarle PEA x Invalidez http://www.anses.gob.ar/futuros-jubilados/prestaciln-edad-avanzada-invalidez-64
Ya estaba por ir al turno pero veo que entre los requisitos dice "No acreditar tareas en calidad de servicio doméstico."
Me parece injusto ya que la sra trabajó como cualquier otra persona. Alguien sabe la circular donde dice expresamente esto q figura en la página? Dónde se regula esta prestación. Alguna idea de como iniciarla? Creen que iniciarla x insistencia y luego ir a la carss por no cumplir con el principio de igualdad por ser sdm? Con la nueva ley de servicio doméstico donde se iguala a la relación de dependencia podría ser un argumento válido? Saludos y agradezco algún aporte o idea al respecto ya que parece injusto.