Buenas tardes foristas, tengo que iniciar un trámite jubilatorio de una señora de nacionalidad italiana, nacida el 17/06/1948 (65 años), y cuyo ingreso al país y radicación según consta en el documento es el 29/10/1951; mi duda es la siguiente, para el cómputo del excedente de edad, tengo que tomar la fecha de nacimiento o la de entrada al país??
Gracias.-