| | codigo servicio 13 y autonomos | |
| | Autor | Mensaje |
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MEI38 Meritorio
Mensajes : 50
| Tema: codigo servicio 13 y autonomos Miér Dic 11 2013, 15:33 | |
| Estimados amigos, tengo una jubilación en la que el señor tienen 6 meses aportados con codigo 13 , piloto. Régimen 50/30 Esos 6 meses son del año 80. Tambien tenia autónomos, hice la vinculación de cuentas y en el puc no sale nada en datos personales, sin embargo en pagos aparecen un montón de pagos desde el año 76 en adelante. De hecho el año 80 aparece pago completamente. La duda es debo hacer moratoria. REspete la fecha de inicio y actividad del pha, y cargue completamente hasta el 9/93 aplique art 3 por 7 años. El tema es, puedo renunciar a los 6 meses del año 80 aunque en pagos aparezcan pagados? son simultáneos pero al liquidar con moratoria los pagos ascienden y me da menos si los renuncio, es factible? o al estar en pagos me exigirán que los deje? saludos |
| | | Nidia Colaboradores
Mensajes : 1126 Empleo /Ocio : Asesora laboral p/empresas
| Tema: Re: codigo servicio 13 y autonomos Miér Dic 11 2013, 16:36 | |
| En períodos ampliados no podes aplicar renuncia ni condonación - Fijate en Biblioteca el cuadro de aplicación de beneficios -
saludos y bendiciones
________________ Nidia |
| | | MEI38 Meritorio
Mensajes : 50
| Tema: Re: codigo servicio 13 y autonomos Miér Dic 11 2013, 17:37 | |
| [quote="Nidia"]En períodos ampliados no podes aplicar renuncia ni condonación - Fijate en Biblioteca el cuadro de aplicación de beneficios -
saludos y bendiciones}
Perdon Nidia, gracias por la respuesta pero que tienen que ver los periódos ampliados? Yo respeté la fecha de inicio del pha, que es 10/73 y apliqué art 3 en los periodos que no están pagados, esto es, tome la pestaña de pagos y todos los meses que figuraban pagados los deje fuera del art 3 Los 6 meses que estan en RD son de 1980, del 1 al 6. Y en la pestaña de pago, el año 1980 aparece pagado totalmente, debo dejarlos y que queden simultaneos con la RD?? Yo hice prorrateo no se como tomarlo, se entiende? También pense en hacer el corte, es decir no cargar los 6 meses en RD, ya que en el puc no sale nada, pero lo que sucede es que en pagos aparecen esos meses de ahi mi duda, se entiende? |
| | | Nidia Colaboradores
Mensajes : 1126 Empleo /Ocio : Asesora laboral p/empresas
| Tema: Re: codigo servicio 13 y autonomos Jue Dic 12 2013, 01:50 | |
| - MEI38 escribió:
- Estimados amigos, tengo una jubilación en la que el señor tienen 6 meses aportados con codigo 13 , piloto. Régimen 50/30
Esos 6 meses son del año 80. Tambien tenia autónomos, hice la vinculación de cuentas y en el puc no sale nada en datos personales, si no figura en PUC y vos lo incorporas se considera periodo ampliado aún cuando haya pagos, y al haberlos es cuando ya no podes aplicar beneficios- sin embargo en pagos aparecen un montón de pagos desde el año 76 en adelante. De hecho el año 80 aparece pago completamente. La duda es debo hacer moratoria. REspete la fecha de inicio y actividad del pha, y cargue completamente hasta el 9/93 aplique art 3 por 7 años.( con este beneficio no hay problema, es correcto) El tema es, puedo renunciar a los 6 meses del año 80 aunque en pagos aparezcan pagados? son simultáneos pero al liquidar con moratoria los pagos ascienden y me da menos si los renuncio, es factible? o al estar en pagos me exigirán que los deje? si los incorporas tenes que dejarlos- saludos insisto en que busques en biblioteca el cuadro de aplicación de beneficios- ahi esta bien clarito como va cada uno, con que norma y como lo podes aplicar- saludos ______________ Nidia |
| | | MEI38 Meritorio
Mensajes : 50
| Tema: Re: codigo servicio 13 y autonomos Jue Dic 12 2013, 11:23 | |
| Gracias Nidia por explicarme! Ya busque y me quedo mas claro, lo que entiendo entonces es que no tengo obligacion de cargar esos periodos pagados antes del 93 porque no figuran en el puc o datos personales, o sea, puedo cargar la situacion de revista como si no tuviera ningun pago, hacer el corte en los 6 meses que tengo en RD, y aplicar art 3. Ahora bien, segun lei no puedo aplicar art 3 en periodos pagos.... como jugaria en este caso? Debo aplicarlo obviando los meses q segun la pestana de pagos surgen pagados? Gracias x la ayuda, saludos y bendiciones tambien para vos
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| | | Nidia Colaboradores
Mensajes : 1126 Empleo /Ocio : Asesora laboral p/empresas
| Tema: Re: codigo servicio 13 y autonomos Dom Dic 15 2013, 01:44 | |
| perdon por la demora en contestar pero tenia a mi niña internada- recien entro! - MEI38 escribió:
- Gracias Nidia por explicarme! Ya busque y me quedo mas claro, lo que entiendo entonces es que no tengo obligacion de cargar esos periodos pagados antes del 93 porque no figuran en el puc o datos personales, o sea, puedo cargar la situacion de revista como si no tuviera ningun pago, hacer el corte en los 6 meses que tengo en RD, y aplicar art 3. Si-
Ahora bien, segun lei no puedo aplicar art 3 en periodos pagos.... como jugaria en este caso? Debo aplicarlo obviando los meses q segun la pestana de pagos surgen pagados? Sí- dejalos afuera y busca otro periodo sin pagos para aplicarle art.3ro. Gracias x la ayuda, saludos y bendiciones tambien para vos
se retribuyen las bendiciones duplicadas! _______________ Nidia |
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| Tema: Re: codigo servicio 13 y autonomos | |
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