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 Prescipción de periodos adeudados

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Nan
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MensajeTema: Prescipción de periodos adeudados   Prescipción de periodos adeudados EmptyMar Abr 21 2009, 10:19

Hola!! quiero consultarles respecto a la prescripción de periodos de deuda en autonomos, el Sr. cuya ff de nacimiento es 02/03/1943, tiene deuda desde 08/1994 al 09/1997 en autonomo y de monotributo periodos aislados del 2000, 2001 al 2003. Además cuenta con 18 años y 4 meses de relación de depenencia reconocida por Anses, más 6 meses de exceso de edad, necesitaría 11 años y 2 meses en autónomos, acá va la consulta acerca del procedimiento que seguí o a seguir:
1) Le prescribí desde 08/1994 al 09/1997 por el art. 1º ley 25321, es correcto?
2) Estaría bien que prescriba los períodos adeudados de monotributo(leer arriba) por art. 1º ley 25.321 y los reemplace por una situación de revista en los períodos baratos que no registra relación de dependencia 62 al 65. Le agradezco su colaboración. Nancy.
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Anya
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MensajeTema: Re: Prescipción de periodos adeudados   Prescipción de periodos adeudados EmptyMar Abr 21 2009, 14:22

Hola Nancy! te respondo
1.- Si esta bien, pero no es prescripcion es renuncia
2.- Tambien esta bien, aplicale la renuncia a los periodos adeudados, fijate porque tal vez debe solo algunos centavos de intereses y te conviene pagarlos asi los tomas.
el resto que necesitas lo compras por moratoria
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Nan
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MensajeTema: Orientación en situacion de revista   Prescipción de periodos adeudados EmptyMar Abr 21 2009, 14:54

Hola Anya!! has sido muy clara, tal cual los importes de centavos de monot.
En AFIP tiene:
Periodos Prescriptos 07/1994-12/1998 act. 703
" No " 01/1999 a la fecha MT

RRDD reconocidos por Anses:
02/03/1961-15/06/1962
02/01/1965-31/08/1973
01/09/1979-31/05/1980
01/06/1980-30/09/1982
01/10/1982-31/12/1986
10/09/1987-30/11/1988
Al tener deudas en el periodo 08/1994-09/1998 y periodos de monotributo los renunció por el art. 1º ley 25321, excepto los períodos de MT que son centavos se abonan, y para completar los años de RRDD creo una situación de revista en los períodos baratos que no se superponen con RRDD
pero debo hacerlo en situación ampliada no? ya que afip aparece con registro 07/1994? no puedo usar años po ddjj ya que esta aportando actualmente en MT?. Gracias por la disposición en ayudar!!
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Anya
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MensajeTema: Re: Prescipción de periodos adeudados   Prescipción de periodos adeudados EmptyMar Abr 21 2009, 15:01

Esta muy bien lo que decis, a esos periodos de autonomo ( 07/1994-12/1998 act. 703) que tiene deuda lo cargas y en beneficio le aplicas la 25321, tambien a todo lo que tenga deuda de capital de monotributo. Dejas lo que tiene deuda de intereses..y luego los pagas con el respectivo formulario y codigo. El dia del turno adjuntas los formularios con los tickets de pago.

Lo que te falte para llegar a los 30 lo compras, no hace falta que lo hagas en ampliada, podes cargarlo todo en Sicam 1. desde la circular 69 podes hacerlo todo en uno sin respetar la fecha de incio. Siempre tratando de no comprar en los periodos que tiene rrdd.

Respecto a la DDJJ, tenes que tomar el ultimo pago efectuado que sera el que te marque la cantidad de años...fijate cual es el ultimo pago en monotributo que tiene, tal vez puedas tomar algun año!
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MensajeTema: Re: Prescipción de periodos adeudados   Prescipción de periodos adeudados EmptyMar Abr 21 2009, 16:56

Nancy, coincido con lo que te dijo Anya, pero en los periodos que estan prescriptos en lugar de aplicar la 25321, conviene aplicar la prescripcion directamente.-
No te olvides que la renuncia es eso una renuncia y el dia de mañana Afip podria reclamar dichos periodos

Saludos Laura Smile
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Nan
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MensajeTema: Ley para prescribir periodos prescriptos   Prescipción de periodos adeudados EmptyMar Abr 21 2009, 21:19

Hola Laura!! y la prescripción en los periodos prescriptos como la aplico es decir que normativa registro en beneficio? Gracias. Saludos. Nancy
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Anya
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MensajeTema: Re: Prescipción de periodos adeudados   Prescipción de periodos adeudados EmptyMar Abr 21 2009, 21:24

ley 14236
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Nan
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MensajeTema: Ley 25865   Prescipción de periodos adeudados EmptyMiér Abr 22 2009, 10:58

Hice la liquidación con el SICAM de la deuda de autónomo, en la deuda aparece periodos impagos que han sido cancelado por medio de la ley 25865, no estaba al tanto del acogimiento de este plan de pagos que ha sido cancelado, situación que me apareció en pantalla cuando fuí a liquidar la deuda por la ley 24476, como procedo? Gracias!!. Nancy
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