| NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP | |
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+8carlos alberto luluva melinita Modestino cecilia MARIAALEX anwalt gloria 12 participantes |
Autor | Mensaje |
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gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Dom Sep 14 2014, 20:51 | |
| Nuevo régimen de regularización de deuda previsional
Mediante el dictado de la Resolución General Conjunta N° 3673 (A.F.I.P.) y 533/2014 (A.N.Se.S.), publicada en el Boletín Oficial del día viernes 12 de septiembre de 2014, se reglamenta el régimen de regularización de deudas por aportes de trabajadores autónomos y cotizaciones previsionales fijas de contribuyentes adheridos al Monotributo establecido por la Ley N° 26.970.
El régimen mencionado está dirigido a aquellas personas que presenten una mayor vulnerabilidad en términos sociales y que, consecuentemente, por su situación socioeconómica no puedan acceder a otros planes vigentes para cancelar sus deudas con el sistema previsional.
Con el fin de acceder a los beneficios previsionales, los sujetos alcanzados podrán regularizar mediante este régimen especial las obligaciones devengadas hasta el mes de diciembre de 2013, inclusive, correspondientes a sus aportes previsionales y/o a sus cotizaciones previsionales fijas, como trabajadores autónomos o monotributistas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Principales aspectos de la norma:
Vigencia del régimen:
El plazo para adherir al régimen especial finaliza el 18 de septiembre de 2016.
Obligaciones comprendidas:
Están alcanzadas por el régimen de regularización las obligaciones devengadas hasta el mes de diciembre de 2003, inclusive, por los conceptos que se indican a continuación:
Aporte previsional de los trabajadores autónomos, regulado —según corresponda— por las disposiciones de las Leyes Nº 24.241, Nº 18.038, Nº 19.032 y Nº 21.581, sus respectivas modificaciones y normas complementarias y reglamentarias. Las cotizaciones previsionales fijas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), correspondientes a los sujetos adheridos al Monotributo, previstas en el inciso a) del Artículo 39 del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias.
También se podrán incluir en el régimen especial de regularización, los intereses resarcitorios y/o punitorios adeudados, correspondientes a las obligaciones alcanzadas.
Condiciones para la adhesión:
Será condición para la adhesión que el sujeto interesado:
Haya cumplido, a la fecha de la adhesión, la edad para acceder a la prestación previsional que solicite. Posea Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) otorgado por la A.N.Se.S. o Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) otorgada por la A.F.I.P. Posea Clave de la Seguridad Social, obtenida a través del al página web de la A.N.Se.S. o Clave Fiscal otorgada por la A.F.I.P. Haya obtenido previamente, por parte de la A.N.Se.S., una evaluación favorable sobre el patrimonio y la situación socioeconómica
Inicio del trámite:
El trámite para acceder al régimen se inicia ante la A.N.Se.S.
Evaluación por parte de la A.N.Se.S:
La evaluación será positiva cuando no se verifique, respecto al peticionante, alguna de las siguientes circunstancias:
Ingresos brutos anuales percibidos en los últimos 12 meses anteriores a la fecha de la evaluación, cuyo promedio supere a los límites vigentes para el derecho a la percepción de la asignación familiar prevista en el punto a) del Artículo 6° de la Ley Nº 24.714 y sus modificaciones. Manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales que supere 4 veces el importe anualizado del ingreso previsto en el punto a), y/o la tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios que supere 1,5 veces el importe anualizado del referido ingreso, y/o la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones de más de 9 metros de eslora informada por la Prefectura Naval Argentina. Gastos y/o consumos que superen en más del 30% los ingresos calculados de acuerdo a las pautas del punto a).
La AN.Se.S. hará saber al interesado si se encuentra habilitado o no para ingresar al presente régimen, en virtud de los resultados de la evaluación efectuada, informándole, de corresponder, la circunstancia de exclusión verificada.
En los casos que la evaluación sea positiva, le entregará al interesado un código de autorización.
Presentación del plan:
Para acceder al beneficio, el interesado ingresará al sistema de liquidación de deudas denominado “SICAM - Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas” con su Clave Fiscal o su Clave de la Seguridad Social, a fin de determinar el monto de las obligaciones susceptibles de ser ingresadas en el plan de regularización, así como también si las cancelará al contado o en cuotas. Dicho servicio se encontrará disponible a partir del 23 de setiembre de 2014.
Una vez confeccionado el correspondiente plan de facilidades de pago, el interesado lo enviará a la A.F.I.P., consignando en forma obligatoria, el código de autorización otorgado por la A.N.Se.S.
Efectuado el envío, el sistema permitirá imprimir el formulario de presentación, el correspondiente Acuse de Recibo y el Volante de Pago para la cancelación de la primera cuota o el pago total, según corresponda.
FUENTE: AFIP. _________________ Antes de realizar alguna consulta, revisar con la opción “Buscar”. Puede que alguien haya respondido antes esa duda.-
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anwalt Gran Usuario
Mensajes : 392 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Dom Sep 14 2014, 23:14 | |
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gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Dom Sep 14 2014, 23:35 | |
| - anwalt escribió:
- gracias por el aporte.
_________________ Antes de realizar alguna consulta, revisar con la opción “Buscar”. Puede que alguien haya respondido antes esa duda.-
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MARIAALEX Gran Usuario
Mensajes : 2707
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Lun Sep 15 2014, 06:00 | |
| Buenos días, se deduce que vamos a poder liquidar el sicam como siempre, o el anses le va a negar la entrega del código al jubilable?, ustedes que opinan? |
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cecilia Auxiliar
Mensajes : 186 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Lun Sep 15 2014, 07:41 | |
| Gracias por tu aporte Gloria !!! |
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Modestino Gran Usuario
Mensajes : 400
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Lun Sep 15 2014, 11:48 | |
| Hola a todos!, quiero compartir lo siguiente:acabo de llegar de San Justo, fui a afip para obtener la clave me y encontré con un cartel en la puerta que dice: "clave fiscal para nueva moratoria ir a anses";envían a todos a la anses. Por supuesto que en anses no entregan la clave fiscal sino la CSS. Creo que esta es la forma de evitar que realicemos la liquidación, ya que pienso que con la CSS no podremos ingresar al SICAM sino que sólo lo harán ellos. Ahora bien, la Res. Conjunta establece que puede ingresarse con Clave Fiscal o CSS. ¿Porqué AFIP se niega a entregar la clave fiscal?; está violando sus propias normas que expresamente lo establecen.No puede legalmente negar la entrega de ella al solicitante.Por supuesto que si la persona va sola, la enviarán a anses; de esa manera menos trabajo para ellos y que se encargue anses. Espero sus comentarios en virtud de sus propias experiencias. |
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melinita Meritorio
Mensajes : 25
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Lun Sep 15 2014, 12:06 | |
| - Modestino escribió:
- Hola a todos!, quiero compartir lo siguiente:acabo de llegar de San Justo, fui a afip para obtener la clave me y encontré con un cartel en la puerta que dice: "clave fiscal para nueva moratoria ir a anses";envían a todos a la anses. Por supuesto que en anses no entregan la clave fiscal sino la CSS. Creo que esta es la forma de evitar que realicemos la liquidación, ya que pienso que con la CSS no podremos ingresar al SICAM sino que sólo lo harán ellos.
Ahora bien, la Res. Conjunta establece que puede ingresarse con Clave Fiscal o CSS. ¿Porqué AFIP se niega a entregar la clave fiscal?; está violando sus propias normas que expresamente lo establecen.No puede legalmente negar la entrega de ella al solicitante.Por supuesto que si la persona va sola, la enviarán a anses; de esa manera menos trabajo para ellos y que se encargue anses. Espero sus comentarios en virtud de sus propias experiencias. Yo vuelvo de UDAI Laferrere y a los que llegan de AFIP pidiendo la ¨clave fiscal¨ (CSS, hablando correctamente) les dicen que a ellos no les corresponde entregarla. En fin,tenemos mas de lo mismo. A mis clientes les indique que soliciten clave fiscal en afip san justo, sin informar que es para iniciar tramite por la nueva ley, fue la unica manera que dos señoras pudieron hoy obtenerla. |
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Modestino Gran Usuario
Mensajes : 400
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Lun Sep 15 2014, 14:09 | |
| Eso mismo pasaba en anses San Justo;la gente se agolpaba en la puerta sin saber que hacer. Me hubiera gustado tener un megáfono y decirles a todos "¡no de dejen engañar por ANSES!". |
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luluva Meritorio
Mensajes : 30
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Lun Sep 15 2014, 18:09 | |
| Hola a todos. A mi me da la sensación que cuando los empleados del ANSES se vean afectados tanto por el bolsillo si les llegan a descontar ganancias como atareados por hacer las liquidaciones que creo que les ofrecieron quedarse después de su horario habitual y encima a eso sumen la cantidad de personas que no entienden mucho, ahi vamos a ver que pasa. Solos se van a encerrar en su propia trampa |
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: normas Lun Sep 15 2014, 18:51 | |
| Podrá el interesado hacer su sicam o hacérselo hacer x su gestor ? Tb Anses podrá hacerlo ? o controlará el q traiga el interesado ? Carlos. |
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silvinavaleria Gran Usuario
Mensajes : 1021
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Miér Sep 17 2014, 06:44 | |
| ayer se quejaban que solo tenian 20 minutos por turno:: con toda la razon del mundo pobres iniciadores se le van a acumular la gente por todos lados y van a empexzar los problemas no me gustaria ser iniciadora en estos momentos |
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dani2222 Meritorio
Mensajes : 43
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Miér Sep 17 2014, 10:24 | |
| Buenos días: Por lo que entiendo, es el interesado el que debe realizar su cálculo. en que se diferencia del sistema anterior????? Si la persona va a Anses y le dan el código que se necesita para el sicam, que obsta a que lo haga la persona o nosotros???? La persona puede ir a Afip a pedir su clave fiscal (sin denunciar esta moratoria), turno en anses para ver si accede a la misma, le entragan la clave y debe realizar su sicam (no dice que anses va a realizarlo), debe pagar la cuota y luego volver a anses. Según lo veo (y puedo estar más que equivocada), solo supondría que la persona va una vez más a anses que con la actual moratoria..... en ese caso podríamos hacer nuestro trabajo igual. Alguien lo ve de otro modo????
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: normas Miér Sep 17 2014, 11:00 | |
| Desde hace días en Anses no dejan pasar al edificio a nadie más q al solicitante y su gestor, si está reconocido. Me pregunto como hacer p pedir: informes, anular sicam p hacer uno nuevo, solicitar formularios, etc. |
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maria lujan Gran Usuario
Mensajes : 559 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Miér Sep 17 2014, 16:44 | |
| Me acaba de llamar una clienta, no le quisieron dar la clave fiscal en el AFIP de San Martin, le preguntaron si era para la nueva moratoria y como le dijo que si la mandaron primero a Anses que tiene que pedir turno y recién ahí le van a poder dar la clave, pregunto como es posible? como se puede trabajar así? que vamos a tener que decir? los mandamos con una mentira? no entiendo nada y estoy muy muy indignada |
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silvinavaleria Gran Usuario
Mensajes : 1021
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Miér Sep 17 2014, 18:54 | |
| marcelita si hacemos piquete? jaja o nos ponemos un carrito de panchos como dijistes?? me tomas como empleada |
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adribeny Meritorio
Mensajes : 12
| Tema: Nuevo régimen de regularización de deuda previsional Lun Sep 22 2014, 15:37 | |
| Podre regularizar con esta moratoria la deuda regulada por la ley 18038 de un hombre fallecido en el año 1992 y que anses me pide el último año pago para tramitar la pensión?Tiene una gran cantidad de aportes menos el último año. en el cual tiene deuda. |
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anwalt Gran Usuario
Mensajes : 392 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Lun Sep 22 2014, 15:45 | |
| mis clientes que fueron a afip a pedir la clave esta semana en la plata se volvieron sin ella. incluso diciendo que la querian para comprar dolares. Los mandaron a todos al anses! en anses los trataron mal porque tienen q trabajar extra para sacar la clave de seguridad social, pero al final se la dieron. |
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maria lujan Gran Usuario
Mensajes : 559 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP Lun Sep 22 2014, 16:17 | |
| entonces es cierto que la nueva moratoria se hace solo con clave de la seguridad social? |
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: Nueva moratoria Lun Sep 22 2014, 16:35 | |
| Parece q sí María Lujan, en infoleg salió la res 540-2014 de anses q dice eso. Veremos. Carlos. |
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carlos alberto Gran Usuario
Mensajes : 656 Empleo /Ocio : Contador Publico
| Tema: normas Mar Sep 23 2014, 18:23 | |
| Bueno, parece q se puede hacer el SICAM con clave afip. Queda por ver si tb anses puede hacer SICAM, pero con clave anses. Es todo un lío. |
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| Tema: Re: NORMAS NUEVA MORATORIA-AFIP | |
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