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 La problematica del abogado previsionalista

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maria lujan
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MensajeTema: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptyVie Sep 19 2014, 14:05

Les dejo un anexo del colegio de abogados de Moron, donde explica un poquito la problemática y hablan de las próximas acciones a realizar. El 26/11 hay una reunión. Saludos.

http://www.camoron.org.ar/vermas-noticias.php?n=820
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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptyVie Sep 19 2014, 22:51

Aprovecho el posteo para agregar esto,


El Colegio de Abogados de San Isidro emitió una declaración en la que reclama al titular del organismo de la Seguridad Social, Diego Bossio, que cese las "hostilidades" contra los letrados que trabajan en ese fuero. También pidieron que se deje de instar a los jubilados a que prescindan de los letrados para llevar a cabo sus trámites jubilatorios.

La sanción de la nueva ley de Moratoria Previsional trajo de vuelta viejas discusiones entre los abogados previsionalistas y los integrantes de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Desde los precedentes dictados en la Justicia a favor de los jubilados y los desbalances que sufrió el organismo dirigido por Diego Bossio en torno a este fallo, las idas y vueltas y cruces de opiniones entre ambas partes fueron aumentando de tono.

El año pasado, el director general del organismo se reunió con los ministros de la Corte Suprema en diversas ocasiones para expresar los problemas que tenía la ANSES para pagar todas las sentencias jubilatorias. Esto también causó que expusiera argumentos en los cuales denunciaba a los abogados que hacían del fuero de la Seguridad Social su principal fuente de trabajo con demandas que apuntaban a la liquidación de haberes jubilatorios.

Pero los letrados no se quedaron callados ante este embate, y ahora, ley aprobada mediante, surgieron nuevas disputas. Por este motivo, el Colegio de Abogados de San Isidro se manifestó al respecto, pidiéndole a Bossio que cese las "hostilidades" contra los letrados que ejercen su profesión en el fuero de la Seguridad Social.

En su declaración, los colegiados pidieron al titular de la ANSES que cese inmediatamente "las medidas tendientes a dificultar o impedir el ejercicio de la labor de los abogados que representan a los ciudadanos en las solicitudes de prestaciones previsionales, y exigimos que ponga a disposición turnos para los abogados apoderados y dejen de darse de baja los turnos pedidos por los profesionales".

En estos mismos términos, los integrantes de la institución exhortaron a Bossio a que "deje de instar a las personas de la tercera edad para que prescindan de asesoramiento letrado en trámites jubilatorios, privándolos del adecuado asesoramiento jurídico".

"Especialmente cuando existen cientos de miles de sentencias judiciales que confirman la ilegitimidad de resoluciones dictadas por ese organismo", continuaron los miembros del Colegio de Abogados de San Isidro, que no dudaron en expresar su descontento ante la situación de desamparo que alegaron varios de sus integrantes para llevar a cabo sus trámites ante la ANSES.

Finalmente, los colegiados rechazaron "cualquier intento de control que sobre los letrados pretende ejercer el ANSES a través del Registro de Abogados, previsto en la Resolución 479/2014, recordándole que el poder de policía sobre la actuación profesional de los abogados recae en los Colegios profesionales, en virtud de las facultades reservadas por el artículo 121 de la Constitución Nacional".

Esto recuerda a las palabras del titular de la Asociación de Abogados Previsionalistas (ASAP), Carlos Rossi, quien precisó a Diario Judicial hace una semana que “desprotegen al futuro jubilado porque van a hacer las cosas como ellos quieren. Los abogados somos atacados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)”.

FUENTE: DIARIO JUDICIAL.
NOTA: Declaración del Colegio de Abogados de San Isidro por situación ante la ANSeS

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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptyVie Sep 19 2014, 22:57

LA ANSES VIOLA EL DERECHO DE DEFENSA DE LOS JUBILADOS

Creado en Martes, 16 Septiembre 2014 18:07

Publicado en el Diario La Capital de nuestra ciudad.

Ante las políticas discriminatorias adoptadas por la ANSES tendientes a impedir la labor de los abogados en los trámites jubilatorios promovidos en nombre de sus representados, el Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mar del Plata EXHORTA al Sr. Director Ejecutivo de la ANSES Dn. Diego Bossio a:

Ordenar a sus dependientes a cesar de inmediato en la conducta referida precedentemente, por cuanto son ellos los que llevan a cabo la política descripta.
Cumplir estrictamente los artículos 56 y 57 de la Ley 5177 de la Provincia de Buenos Aires.
Reglamentar la Ley 26.970 teniendo en consideración lo dispuesto por las normas que rigen el ejercicio de la profesión de abogado.
Respetar la vigencia del Estado de Derecho y las instituciones republicanas, acatando plenamente lo resuelto en los autos caratulados “Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires c/ ANSES s/ AMPARO Ley 16.986” Expte. FLP 2244/2013.
Dejar sin efecto inmediatamente el empadronamiento ordenado mediante Res. ANSES 479/2014, puesto que configura una intromisión en el control de la matrícula que es competencia exclusiva y excluyente de este Colegio.

Asimismo, hacemos saber que el asesoramiento legal es la única manera de asegurar que los potenciales jubilados reciban la jubilación que les corresponde, por cuanto:

Existen cientos de miles de sentencias judiciales por jubilaciones mal liquidadas que justifican su intervención.
Los abogados conocen todas las leyes y estatutos que regulan cada actividad.
Defienden los derechos de sus poderdantes y se encargan de realizar eventuales reclamos judiciales.
Tienen práctica en todos los trámites y procedimientos que se necesitan realizar.
Se hacen cargo de las gestiones para asegurar que se cumplan todos los plazos.
Se encargan de obtener la documentación necesaria.
Asesoran durante todo el proceso del trámite jubilatorio.

Por último, en caso de continuar las citadas irregularidades, este Colegio iniciará las acciones legales tendientes a obtener la eliminación de toda restricción al ejercicio profesional y la necesarias para salvaguardar la dignidad y respeto que en el desempeño de su función corresponde a los abogados conforme lo establecido en la normativa vigente (art. 19 inc. 4, 42 inc. 4 y 5 y 56 Ley 5177).


Mar del Plata, 16 de septiembre de 2014.
Consejo Directivo
Colegio de Abogados del
Departamento Judicial Mar del Plata

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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptySáb Sep 20 2014, 18:56

Firmado por su presidente, Fernando Levene, y por miembros de su Consejo Directivo, el Colegio de Abogados de la ciudad de La Plata presentó un recurso de amparo por el que piden a la Justicia que ordene a la Anses suspender una normativa por la que el organismo previsional modificó el sistema para la tramitación de las jubilaciones de esos profesionales. En la acción, que recayó en el Juzgado Federal Nº 4 de La Plata, el Colegio de Abogados local también reclama que cese “la campaña difamatoria” que asegura lanzó la Anses “en forma de carteles, spots publicitarios y textos en la página web” del organismo y que “desprestigian la profesión del abogado”.

El planteo judicial surge del malestar instalado en el colegio profesional platense con el organismo que encabeza Diego Bossio por dos situaciones puntuales. En primer término, contra lo que se considera una “campaña” de la Anses y que, entienden, acusa a los abogados de “estafadores” y por una reforma en el sistema de turnos para iniciar los trámites jubilatorios.

El titular del Colegio platense, Fernando Levene, había anticipado la posibilidad de recurrir a la Justicia ante la campaña lanzada por la Anses con relación a los reclamos judiciales que eventualmente puedan presentar jubilados en las que se les dice que “no se dejen estafar”.

“Se trata de una campaña publicitaria vergonzosamente agraviante para con los abogados que defienden a los abuelos en su reclamo de un derecho humano esencial, como lo es el legítimo reconocimiento de una justa y merecida jubilación”, sostienen desde el Colegio. “Concretamente, a los abogados se nos agravia y a los jubilados se les limita gravemente la posibilidad de asesorarse para que no se incumplan sus derechos”, agregan.

“Es una ofensa grave e innecesaria contra los abogados, a través de una campaña que se está convirtiendo en sistemática, y a través de la cual instan a las personas de la tercera edad a que prescindan del asesoramiento letrado en defensa de sus derechos jubilatorios”, añaden desde el Colegio, indicando que “es un tema realmente grave, especialmente porque se desalienta a los jubilados a recurrir a asesoramiento legal cuando existen cientos de miles de sentencias judiciales que confirman la ilegitimidad de las resoluciones” que adopta ese organismo.

Y por otra parte, la entidad profesional cuestiona una reforma del sistema que rigió para la tramitación de las jubilaciones. “Históricamente, cuando un abogado iniciaba el expediente básico de jubilación de una persona, el trámite podía seguirse en el distrito correspondiente al domicilio legal, el del profesional. Pero ahora, cuando se asigna el turno, se envía el expediente al distrito que corresponda al lugar donde vive la persona que se va a jubilar”, explicó Levene.

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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptySáb Sep 20 2014, 18:59

El Colegio Público de Abogados de Capital Federal se pronuncio en los siguientes términos:

"Preocupación en el CPACF por una Resolución de la ANSES:


La Resolución del ANSES Nº 479/2014, que crea un Registro de Abogados, viene a sumar un nuevo e innecesario requisito a los colegas que tramitan reclamos administrativos ante la ANSES y que se desempeñan ante el fuero de la Seguridad Social, atento que los inscriptos en éste serían los únicos que estarían habilitados para ejercer la representación de los titulares de derechos ante el organismo, circunstancia que altera y menoscaba el libre ejercicio de nuestra profesión.
Se recuerda que los abogados son los únicos capacitados para proteger y defender los intereses jurídicos y patrimoniales de los ciudadanos en los procedimientos administrativos y judiciales contra el Estado nacional.
Desde este Colegio Público de Abogados de la Capital Federal consideramos que esta nueva medida afecta seriamente la dignidad profesional de los abogados, al tiempo que vulnera el derecho a trabajar y contratar libremente con el cliente.
Esta entidad advierte, también, que son abusivas e ilegítimas las pretendidas las facultades disciplinarias que se pretende arrogar la ANSES, y recuerda que éstas son competencia exclusivas y excluyentes del Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.
A raíz de esta irregular medida se realizará una reunión de la cual participaran representantes de la Asociación de Abogados Previsionalistas, del Instituto de la Seguridad Social del CPACF, de la Comisión de Defensa del Abogado, de la Asesoría Letrada y del Consejo Directivo, a efectos de analizar los contenidos de la cuestionada Resolución, al tiempo que se trazarán las medidas a tomar para defender a los colegas."

Por su parte desde nuestro Colegio se está peticionando la urgente intervención del COLPROBA, y se inició una campaña en contra de la publicidad contra la intervención de abogados en los trámites jubilatorios, con cartelería y publicidad gráfica en los siguientes términos

"NO SE DEJE CONVENCER. MAS DE 330.000 JUICIOS CON PEDIDO DE REAJUSTE DE HABERES JUBILATORIOS CONTRA ANSES DEMUESTRAN LA CONVENIENCIA DE SER ASESORADO PARA HACER SU TRAMITE. CONSULTE A SU ABOGADO.

www.camercedes.org.ar

La Mesa Directiva se encuentra trabajando en forma permanente en pro de la defensa del profesional.

Fuente: CADJM
Términos y condicionesAnuncieContáctenos

FUENTE <:http://www.camercedes.org.ar/Noticias/Noticia/1000/Sobre-la-Resolucion-479-del-2014-de-ANSES

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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptySáb Sep 20 2014, 19:06

El Colegio de Abogados de Pergamino:

La instauración de la nueva ley de moratoria previsional y el mecanismo de aplicación que aún no se ha hecho efectivo, ha generado malestar entre los abogados que, agrupados en el Instituto de Derecho Previsional que funciona en el Colegio de Abogados de nuestra ciudad, mantuvieron en la noche del jueves una reunión para abordar esta temática.

En este sentido, los profesionales del derecho denuncian que desde la Anses se les ponen “ciertas trabas” para que ellos no puedan llevar adelante las tramitaciones previsionales.

Por otra parte, los abogados se manifestaron molestos con los dichos de Diego Bossio, jefe nacional de la Anses, que los comparó con “buitres”.


Dificultades en el ejercicio

Luego de un extenso debate, algunos de los referentes del Instituto de Derechos Previsional del Colegio de Abogados local, brindaron una conferencia de prensa en la que explicaron algunos de los pormenores de la nueva normativa que aún no entró en vigencia.

En primer lugar, el presidente del Colegio de Abogados, Damián Pimpinatti aseguró que el Instituto se creó recientemente avistando las inquietudes que genera el tema previsional. “Nos convoca la nueva normativa de moratoria previsional que entrará en vigencia en los próximos días plasmada en la Ley Nº 26.970 y algunos aspectos que hacen a la incumbencia del profesional que realizan las tramitaciones previsionales y que se han encontrado con algunas dificultades en el ejercicio, en la obtención de turnos que se ofrecen desde la Anses, en la firma de los poderes, entre otras cuestiones. Además estamos molestos por las manifestaciones del director de la Anses Diego Bossio que aseguró que los abogados nos quedamos con parte del dinero de la jubilación y nos compara con buitres cuando en realidad gestionamos las jubilaciones de los adultos mayores que así lo requieren”, aseguró Pimpinatti.

La reunión tuvo un doble propósito: analizar el ejercicio profesional en el ámbito de la previsión y analizar la nueva moratoria previsional.

Actuación autorizada

Uno de los mensajes que desde la Anses se hace efectivo ante la nueva moratoria previsional es que no se necesitan “intermediarios”, es decir, abogados, en las tramitaciones para que los adultos mayores puedan obtener el beneficio de la jubilación. Contradiciendo esta postura, el presidente del Instituto de Derecho Previsional, Mariano Canclini aseguró que la Ley no dice nada al respecto, “lo que autoriza una Ley particular, de 1967, es la actuación del abogado en el derecho previsional que actualmente está vigente. Por su parte la nueva moratoria previsional nada dice acerca de que el abogado no podrá tener incumbencia en la realización de los trámites de este nuevo plan de inclusión”, destacó Canclini. No obstante, de acuerdo con lo expresado por el abogado se registran ciertos inconvenientes para que ellos puedan ejercer la profesión. “No podemos sacar turnos como abogados en la Anses porque así no está preparado el sistema, eso lo sentimos como una discriminación a nuestra profesión”, agregó Canclini.


Falta definición

Si bien la nueva ley está dictada, promulgada, los abogados afirman que falta definir algunos aspectos reglamentarios de vital importancia para saber quién es la persona que va a poder incorporarse y hacer uso de esta Ley. “Sabemos que la normativa asegura que la Anses, con criterios objetivos, definirá cuál debe ser la situación socioeconómica de quien ingrese a esa moratoria. Hoy no sabemos cuáles son esos criterios objetivos por lo tanto no sabemos quién podrá ser beneficiario de esta moratoria”, sostuvo Canclini.


Más dificultades

De acuerdo con lo expuesto por los abogados, son numerosas las dificultades que advierten a la hora de realizar una tramitación previsional en la Anses, por ejemplo, el sistema no permite que el profesional del derecho obtenga un turno para concretar las tramitaciones, un hecho que desde el Colegio de Abogados califican como un “avasallamiento de la incumbencia profesional”.

La profesional Mirta Radisich confirmó que “se discrimina a la persona que va a la Anses con un poder nuestro para hacer certificar una firma. Hay una serie de circunstancias, incluido el maltrato hacia los profesionales cuando exigimos información sobre nuestros clientes, que no merecemos. Si bien la Ley establece que podemos mediar, en la práctica se nota la discriminación hacia el profesional del Derecho, y se genera de este modo una situación injusta”.

Si bien el sistema que implementa la Anses es gratuito y ágil, según los abogados, “no se le puede impedir a una persona, que tiene mayor vulnerabilidad social, elegir su profesional. Esto contradice el espíritu de la Ley”.

Movidos por estas inquietudes, desde el Colegio de Abogados se expresaron a la Anses, las dificultades que se les presenta a los profesionales del Derecho y se tomarán las medidas que sean necesarias para que estas dificultades cesen.


Asesoramiento profesional

Una de las integrantes del Instituto que funciona en el Colegio de Abogados, Lorena Mozzoni, aseguró que el trámite jubilatorio no termina con la obtención de un beneficio ya que la Anses es quien determina el haber inicial de pago y muchas veces éste no es el que le corresponde a la persona. “Los abogados nos encargamos de que el adulto mayor obtenga el beneficio, que el haber sea el correcto, que se le pague lo que corresponde. La labor profesional asesora en todo momento al cliente, diciéndole lo que le conviene, sabe representarlo y cuáles son las leyes que debe aplicar”, indicó la abogada.

Por otra parte desde el Instituto de Derecho Previsional se informó que hay 475.000 juicios en contra de la Anses con respecto a reajustes de haberes mientras que el 10 por ciento de ese número son juicios que se están llevando adelante para el otorgamiento de ese beneficio porque la Anses ha denegado el trámite.

En otro orden de temas, se indicó que muchas personas que, antes pertenecían a las Afjp, en la actualidad no llegan a obtener el haber mínimo porque la Anses no hizo la equiparación con el sistema público, por ende, según los abogados, “hay adultos mayores que perciben 700 u 800 pesos por mes”.

Por otra parte se indicó que la Ley Nº 24.241, que exige los requisitos para que una persona acceda a los beneficios previsionales, es una normativa que tiene una importante cantidad de artículos que fueron decretados inconstitucionalmente por lo que, desde el Colegio, “es necesario y útil la participación de los abogados en las tramitaciones previsionales”.

FUENTE : http://www.laopinion-pergamino.com.ar/a ...

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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptySáb Sep 20 2014, 19:28

Colegio de Abogados de Córdoba, sg/ Amparo:

http://www.colegioabogadoscba.com.ar/amparo.pdf


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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptyDom Sep 21 2014, 15:32

gloria escribió:
Colegio de Abogados de Córdoba, sg/ Amparo:

http://www.colegioabogadoscba.com.ar/amparo.pdf


Primer decreto Amparo:

Poder Judicial de la Nación JUZGADO FEDERAL DE CORDOBA 1 31994/2014 COLEGIO DE ABOGADOS DE CORDOBA c/ ESTADO NACIONAL - P.E.N. Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986 Córdoba, 19 de septiembre de 2014.-Téngase a los comparecientes por presentados, por parte en el carácter invocado y con el domicilio procesal constituido. Dése a la presente acción el trámite previsto por la Ley 16.866 (Art. 43 de la Constitución Nacional, y Art. 1° de la ley 16.986). En su mérito, requiérase del Estado Nacional-Poder Ejecutivo Nacional y de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), que en el término de nueve (9) días hábiles con más cuatro (4) días hábiles en razón de la distancia, informen circunstanciadamente acerca de los antecedentes y fundamentos del acto impugnado por los amparistas. Intímese a las accionadas para que en el mismo término constituyan domicilio, y denuncien domicilio electrónico, bajo apercibimiento de tenerlos por constituido en los estrados del Tribunal. A tal fin, líbrense los oficios respectivos, cuya confección y diligenciamiento se encuentran a cargo de la parte actora, su representación jurídica y/o quien los mismos indiquen. Respecto de la medida cautelar solicitada, de conformidad a lo previsto en el Art. 4° inc.1° de la Ley 26.854, requiérase del Estado Nacional y de la Administración Nacional de la Seguridad Social que en el término de tres (3) días hábiles con más cuatro (4) días hábiles en razón de la distancia, que se expidan circunstanciadamente acerca del interés público comprometido en la solicitud efectuada por los accionantes. Tal Fecha de firma: 19/09/2014 Firmado por: RICARDO BUSTOS FIERRO, JUEZ FEDERAL emplazamiento deberá ser efectuado conjuntamente con los oficios anteriormente ordenados. Emplácese a la actora para que en el término de cinco días proceda a acreditar el cumplimiento de la tasa de justicia conforme a la Acordada n° 498/91 C.S.J.N., la que asciende a la suma de $69,97, bajo apercibimiento de aplicar una multa del 50% de la tasa omitida, y certificar la deuda dando intervención a la AFIP-DGI (arts. 9 y 11, ley 23.898). Asimismo, emplácese a los letrados intervinientes para que en igual término acrediten el pago de aportes colegiales y previsionales, de conformidad a la Resolución n° 434/10 del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación y la aclaratoria efectuada con fecha 10/04/12 por la Excma. Cámara Federal de Apelaciones, bajo apercibimiento de comunicar la situación a la respectiva autoridad previsional.-Dése noticia al Sr. Fiscal Federal en los términos del art. 39 de la ley 24.946. Notifíquese.-

RICARDO BUSTOS FIERRO
JUEZ FEDERAL

Fecha de firma: 19/09/2014

Firmado por: RICARDO BUSTOS FIERRO, JUEZ FEDERAL

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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptyVie Sep 26 2014, 00:24

En el día de la fecha la Mesa Directiva del Colegio, resolvió remitir cartas documento a las cuatro UDAI del A.N.Se.S. en Mar del Plata a los efectos de que se cese inmediatamente toda restricción al ejercicio profesional de nuestros colegiados, bajo apercibimiento de iniciarse las acciones legales que se estimen pertinentes.



(aplauso) (aplauso) (aplauso)

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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptyVie Sep 26 2014, 10:02

excelente!! gracias.
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MensajeTema: Colegio de Abogados Mar del Plata   La problematica del abogado previsionalista EmptyLun Sep 29 2014, 15:09

ACCION AMPARO CONTRA LA ANSES
SE PRESENTÓ LA DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR



Éste lunes, 29 de septiembre, se efectuó la presentación ante el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 4 Secretaria 12 de La Plata, denunciando el incumplimiento de la ANSeS respecto de la medida cautelar dictada el 4/10/2013 en autos “Colegio de Abogados de Provincia de Buenos Aires y otros c/ ANSES s/ Amparo Ley 16986 FLP 2366/2013”.
En la citada presentación, suscripta por el Presidente de nuestro Colegio Departamental, Dr. Fabián Gerardo Portillo, se solicitó se libre en forma urgente una orden dirigida a la ANSeS para que cumpla la medida dispuesta y, en consecuencia, que: a) Se suspenda la aplicación del artículo 5º de la Resolución 479/2014 permitiendo la iniciación de trámites previsionales a los profesionales inscriptos en todos los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires sin asignación exclusiva en determinadas oficinas ( en el domicilio del poderdante). b) Se habilite a los abogados a sacar turnos vía web a fin de iniciar el trámite correspondiente a la ley 26.970 en representación de sus poderdantes; y c) Que proceda de manera inmediata y en el plazo máximo de 24 hs., a retirar los textos en la página web, spots publicitarios, carteles, banners y afiches, etc. en dependencias de la ANSES que hagan referencias agraviantes a la dignidad de los abogados.
Asimismo la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.) ha presentado éste lunes, una Acción Declarativa de Inconstitucionalidad c/ ANSES. Cualquier novedad respecto al trámite de ambas causas, les será informada en forma inmediata por los canales habituales de comunicación institucional. Les solicitamos sigan poniendo en nuestro conocimiento las restricciones al ejercicio profesional que les sucedan en las UDAI, con la finalidad de continuar instando las acciones pertinentes.
Por último, aprovechamos la oportunidad para brindarles un modelo de carta documento que puede ser utilizado por aquellos que quieran re empadronarse sin consentir las disposiciones de la resolución 479/2014 y reservando derechos.


“De mi mayor consideración:
Me dirijo a Usted con relación al “Formulario de Adhesión a las condiciones para el alta y renovación de la inscripción en el Registro de Abogados y Gestores Administrativos” (Form.Aj.2.11), versión I.0, emitido por la ANSES a resultas de la Resolución 479/2014, y suscripto por mi parte el día… de… de 2014.
Al respecto, esta parte estima pertinente señalar que la suscripción del referido formulario en modo alguno implica el sometimiento voluntario al ilegitimo nuevo Registro de Abogados y Gestores Administrativos creado mediante la Resolución 479/2014, como así tampoco a los actos reglamentarios y/o complementarios de la referida normativa, en tanto y en cuanto la misma provoca una inadmisible limitación al ejercicio de la profesión y viola en forma manifiesta los derechos constitucionales de trabajar y ejercer industria lícita, defensa y propiedad y los principios de razonabilidad y de separación de poderes (arts. 14, 17, 18, 19, 31, 33, cts. y ss. de la Constitución Nacional).


De esta manera, hago expresa reserva del derecho de formular los correspondientes planteos en las instancias administrativas y judiciales en orden a obtener la invalidez y/o nulidad y/o inconstitucionalidad de la Resolución 479/2014 y sus actos reglamentarios y complementarios y aplicativos que sean dictados en su consecuencia.
Sin otro particular, saludo a Ud. atte.”






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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptyLun Sep 29 2014, 16:30

gracias Gloria. Es muy importante esto que publicas.
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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptyMiér Oct 01 2014, 01:19

http://www.abogadosrosario.com/noticias/leer/8627-colegio-abogados-rosario-presento-acci-oacute-amparo-contra-anses.html

El pasado día lunes 29 de septiembre, la presidenta del Colegio de Abogados de Rosario, Araceli Díaz, presentó ante la Justicia Federal una Acción de Amparo a fin de que “se ordene el cese de toda invasión sobre facultades propias del nuestro Colegio Profesional” en cuanto a la matriculación de los abogados para el ejercicio ante dicho organismo, previa declaración de inconstitucionalidad de la Resolución 794/14, especialmente en los artículos 3; 5; 7; 8; 9 y 10 y toda otra norma dictada o a dictarse en cuanto interfieran con facultades propias del ejercicio profesional del abogado, y consecuencia de ello se abstenga de exigir a los abogados matriculados en nuestro Colegio cualquier clase de inscripción para desarrollar su actividad profesional en representación de los afiliados y sus derecho habientes al sistema de la ANSES”.

Este conflicto con el organismo nacional surgió a raíz de la Resolución 479/14 de la ANSES mediante la cual se dispuso la Creación de un Registro de Abogados y Gestores para ejercer la representación ante dicho organismo (art. 10).

En la mencionada normativa se fijan una serie de requisitos para la inscripción que tornan a dicho organismo en un verdadero Colegio profesional, invadiendo esfera de competencias que le son totalmente ajenas. Agregando además, que no se trataría de una simple registración, sino que sería una evaluación del profesional llevada adelante por parte de ANSES.

Al exigir estos requisitos de inscripción y tomarse la ANSES el tiempo previsto en la norma cuestionada para decidir qué profesional puede actuar y cuál no, además de afectarse el derecho del Colegio de Abogados de regular la matrícula, se afecta abiertamente el derecho de ejercer la profesión de abogado a los matriculados y la posibilidad de elegir libremente a los profesionales por parte de los afiliados al sistema previsional.

Por todo ello se tomo la decisión de presentar esta acción de amparo, entendiendo que es la mejor defensa que se puede emplear para un avasallamiento de tal envergadura hacia la actividad central de nuestro Colegio y por sobre todo al libre ejercicio de nuestra noble profesión.

Asimismo y en estos días, se ingresará un nuevo amparo, con el objeto de impugnar todo tipo accionar discriminatorio contra los colegas, como por ejemplo: turnos, demoras, esperas, presencia del cliente, negativa a tramitar la jubilación por parte de abogados, etc..

En la composición del contenido del nuevo amparo, participo también, el Instituto de Derecho Previsional del Colegio siendo algunos de sus miembros (designados por el mismo Instituto) parte integrante y consultiva en la confección del nuevo amparo.


Publicado el 30-09-2014
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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptyVie Oct 03 2014, 22:51

El CPACF presentó un amparo contra la ANSES por la "discriminación" y las "limitaciones arbitrarias" que se presentan para los letrados que se presentan ante el organismo. Desde la sanción de la nueva moratoria previsional se reavivaron las discusiones entre estas partes.

Con la reciente sanción en el ámbito parlamentario de una nueva moratoria previsional, los viejos debates en torno al trabajo de los abogados y las acciones llevadas a cabo contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se reavivaron, y entre los cruces que se dieron los abogados previsionalistas tomaron la posta, afirmando que la discriminación que sufren de parte del organismo estatal a la hora de presentarse en sus distintas sedes no los deja trabajar.

Con este marco, el Colegio Público de Abogados de Capital Federal (CPACF) presentó un amparo ante la Justicia para evitar estos tratos discriminatorios y las "limitaciones arbitrarias" que se presentan para negar la atención a los letrados del fuero previsional que buscan trabajar con los ciudadanos que quieren acceder a la nueva moratoria.

Entre los reclamos que enumeraron los integrantes del órgano que nuclea la matrícula de los abogados porteños, se hizo un señalamiento particular a dos resoluciones del organismo dirigido por Diego Bossio, en los que se "prohíbe" la actuación de letrados en este tipo de trámites, "cercenando su derecho de trabajo".

El reclamo final es que la ANSES permita que cualquier abogado que se presente ante el organismo sea recibido sin ningún tipo de restricción como las que denunciaron en muchas ocasiones los integrantes de diferentes colectivos que organizan a los abogados previsionalistas.

En la presentación, los colegiados aclararon que "el CPACF es parte interesada para promover la presente Acción de Amparo, teniendo legitimación procesal suficiente en representación de sus colegiados, de conformidad con lo establecido por el artículo 21 inciso j) de la Ley 23.187 que le confiere la debida legitimación procesal autónoma, para ejercer la “acción pública”, en concordancia con el artículo 43 CN y doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

En la presentación también se puso de manifiesto que "es de público conocimiento la lesión que genera el dictado de la Resolución General Conjunta 3673 (AFIP) y 533/2014 (ANSES), afectando directamente la actuación profesional de los abogados en el ámbito de la ANSES, limitando el ejercicio profesional y vedando el derecho a trabajar de los matriculados del CPACF".

"Conculca con ilegalidad y arbitrariedad manifiesta derechos fundamentales y garantías reconocidas por la CN y los instrumentos internacionales sobre derechos humanos con jerarquía constitucional: Cuando las disposiciones de una Resolución General como la que se tacha de inconstitucionalidad en la presente acción, que claramente no respetan los preceptos constitucionales, la arbitrariedad e ilegalidad es manifiesta", añadieron en este mismo sentido los miembros del CPACF.

Los letrados ahondaron los fundamentos: "Cabe recordar que la Asociación Civil de Abogados Previsionalistas, con el acompañamiento judicial del CPACF, y la Asociación de Abogados de Buenos Aires, dedujeron la acción prevista en el art. 43 C.N. contra el Estado Nacional, Ministerio de Trabajo y el Empleo, Secretaría de Seguridad Social y contra la Administración Nacional de la Seguridad Social, con la finalidad de que cesen las restricciones ilegales y arbitrarias que se imponen a los abogados que, en ejercicio del mandato de un tercero, aspiran a iniciar trámites para obtener prestaciones previsionales".

"Por dificultar el libre ejercicio de la profesión e impedir que dicho desempeño se efectúe con la debida dignidad y decoro, y hagan efectivo el fiel cumplimiento de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19549 (LPA) y su decreto reglamentario 1759/72", completaron los colegiados.

"Se fundó la presentación en la necesidad de garantizar el derecho a peticionar a las autoridades frente a toda solicitud de prestaciones efectuada por un abogado como mandatario de terceros, y que ésta sea recibida en el día hábil administrativo en la Unidad de Atención a Profesionales, Paraná 451 Piso 1, además de los que pudieran corresponder en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o fuera de tal jurisdicción, considerando el domicilio del letrado apoderado, sin otra exigencia sustancial o formal que las que resulten de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su Reglamentación", consignaron en el escrito los abogados.

FUENTE: DIARIO JUDICIAL.

FALLO: Recurso de amparo presentado por el Colegio Público de Abogados de Capital Federal (CPACF) contra la ANSES

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MensajeTema: Re: La problematica del abogado previsionalista   La problematica del abogado previsionalista EmptyDom Nov 02 2014, 14:57

El Juzgado Federal Nº 1 dispuso que los matriculados podrán ser patrocinantes o apoderados en trámites relacionados con la ley 26970 e impuso al organismo nacional abstenerse de exigirles el cumplimiento de requisitos que afecten facultades y competencias del Colegio de Abogados.

Los abogados locales podrán patrocinar y ser apoderados de beneficiarios en la moratoria previsional ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Así lo dispuso la medida cautelar dictada por juez Ricardo Bustos Fierro al resolver la acción de amparo presentada por el Colegio de Abogados, ante lo que los matriculados consideran restricciones impuestas por el organismo nacional al ejercicio profesional.

En un comunicado, los letrados informaron: “El Juzgado Federal Nº1 dictó una medida cautelar que ordena a la Anses garantizar el pleno ejercicio de la actividad profesional de los abogados matriculados, ya sea como patrocinantes y/o apoderados, en todo el procedimiento administrativo sin obstaculizar la asistencia letrada, a todos los beneficiarios que la soliciten, y abstenerse de exigir a los abogados el cumplimiento de requisitos que afecten facultades y competencias propias del Colegio de Abogados de Córdoba”.

Cabe recordar que el colegio había presentado una acción de amparo colectiva solicitando “la declaración de inconstitucionalidad de las restricciones al ejercicio profesional relacionadas al Plan de Inclusión Previsional – Moratoria de la ley 26.970”.

El titular de la entidad abogadil, Alejandro Tejerina, señaló a Comercio y Justicia que la abogacía organizada planteó ante los distintos tribunales del país acciones similares, obteniéndose ya algunos pronunciamientos en el mismo sentido, como es el caso de las provincias de Buenos Aires y de San Luis.

“Esto ratifica que los abogados son los únicos profesionales autorizados por Ley 17.040 para representar a los ciudadanos ante los organismos previsionales y los únicos especialistas idóneos para proteger sus derechos e intereses y evitar futuras acciones judiciales que a posteriori el Estado deba afrontar”, subrayó Tejerina.

Alcance
Para el dirigente profesional, del dictamen del juez se desprende un alcance nacional de la medida, por lo que el Colegio notificaría entre ayer y hoy no sólo a la sede Córdoba de la Anses sino también al organismo a la sede central nacional.

Si bien la Anses puede apelar la medida de Bustos Fierro, Tejerina subrayó que la utilización de esa instancia no tiene efecto suspensivo sobre la medida emitida por el magistrado el miércoles pasado.

Cabe recordar que los abogados habían advertido de trabas y obstáculos e incluso impedimentos de ingreso de abogados a la sede de Anses que, por ende, impedía el asesoramiento profesional para este tipo de trámites.

Asimismo, habían objetado a la Anses la creación de un nuevo registro de abogados con facultades sancionatorias y disciplinarias, lo que se inmiscuiría en las atribuciones de los colegios profesionales.

En el marco del conflicto con el organismo nacional, Tejerina agregó que el alto índice de litigiosidad que aquél tiene se corresponde con errores de liquidación en el otorgamiento de jubilaciones o por indebida denegatoria de éstas.

FUENTE: http://comercioyjusticia.info/blog/profesionales/abogados-podran-representar-en-la-moratoria-previsional-ante-anses/

31/10/2014

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