El Amparo Judicial, corresponde a una Jubilacion denegada en el 2010, por que la Sra. es pensionada con la minima, al dia de hoy tiene 85 años.
Despacho:
Requierase a la Administracion Nacional de la Seguridad Social y al Poder ejecutivo Nacional, por conducto del Ministerio respectivo; es para que practique informe circunstanciado acerca de los antecedentes y fuandamentos de la medida impugnada, Oficiese. Desde ya muchas gracias por tu ayuda.