hola como estan. tengo un cliente cuya mujer fallecio en julio de 2006 y tenia 7 años en rrdd. Mi idea era hacer pagos extemporaneos de los ultimos 18 meses antes del fallecimiento. El tema es que la circular 71 /11 anses dice:Asimismo se debe considerar que ante presentaciones de titulares que declaren servicios, incluidos en el Decreto 326/56, por el período 04/2000 hasta 12/2005 con pagos extemporáneos, corresponde desestimar dicho periodo, teniendo en cuenta que sólo se podrán ingresar las cotizaciones en forma extemporánea a partir de la vigencia de la Ley Nº 26063 que incluyó a los trabajadores comprendidos en el Decreto 326/56 en las disposiciones de la Ley Nº 25239.
POR LO TANTO SOLO TENDRIA 6 MESES DEL 2006VALIDOS. ALGUIEN TIENE ALGUNA OPCION
MUCHAS GRACIAS.