| CONDONACION DE DEUDA LEY 29670 | |
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Autor | Mensaje |
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veronica2014 Auxiliar
Mensajes : 115
| Tema: CONDONACION DE DEUDA LEY 29670 Mar Abr 14 2015, 08:37 | |
| Buenos dias consulto tengo una sra que nacio el 29/12/1950 sin ningun aporte en toda su vida, estoy preparando en sicam para llevar mañana pero me surgue la siguiente duda. Puedo aplicar el art 3 de la 24476 condonando los 7 años aunque liquide por la ley 29670? |
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periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: CONDONACION DE DEUDA LEY 29670 Mar Abr 14 2015, 09:40 | |
| Sí, pero me parece que te referís a aplicar la declaración jurada, no condonación.
Saludos |
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veronica2014 Auxiliar
Mensajes : 115
| Tema: Re: CONDONACION DE DEUDA LEY 29670 Mar Abr 14 2015, 14:27 | |
| Si mescle la leyes yo estaria aplicando el art 38 24476 tomando tomo fecha de cese 1999 por lo que tendria 5 años con ddjj. Es encaminada?
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MARIAALEX Gran Usuario
Mensajes : 2707
| Tema: Re: CONDONACION DE DEUDA LEY 29670 Mar Abr 14 2015, 15:59 | |
| Hola, considero que sí se puede aplicar art 3 24476 en moratoria 29670, o 38 de 24241. En algunos caso que ha hecho anses en forma directa, no se lo aplican, no sé el motivo. No sé si se puede tomar en casos en que hubo aportes de sdm denegado, cuál será la fecha de cese que toman, la del sicam o la de los aportes no reconocidos? alguien tuvo experiencia al respecto? gracias |
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periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: CONDONACION DE DEUDA LEY 29670 Mar Abr 14 2015, 16:45 | |
| - veronica2014 escribió:
- Si mescle la leyes yo estaria aplicando el art 38 24476 tomando tomo fecha de cese 1999 por lo que tendria 5 años con ddjj. Es encaminada?
Repasá las leyes porque las seguís mezclando. La ley 24476 no tiene 38 artículos. Está bien lo que te dice MARIAALEX " considero que sí se puede aplicar art 3 24476 en moratoria 29670, o 38 de 24241."Pero en tu caso tenés que aplicar el art. 3 de la 24476 porque no te alcanza por la edad el art. 38 de 24241. Sí, podés tomar los 5 años de DDJJ. Saludos |
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periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: CONDONACION DE DEUDA LEY 29670 Mar Abr 14 2015, 16:48 | |
| - MARIAALEX escribió:
- Hola, considero que sí se puede aplicar art 3 24476 en moratoria 29670, o 38 de 24241. En algunos caso que ha hecho anses en forma directa, no se lo aplican, no sé el motivo. porque al principio no sabían qué hacer
No sé si se puede tomar en casos en que hubo aportes de sdm denegado, cuál será la fecha de cese que toman, la del sicam o la de los aportes no reconocidos? cada UDAI aplicará lo que quiera, como siempre pasa, alguien tuvo experiencia al respecto? gracias |
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MARIAALEX Gran Usuario
Mensajes : 2707
| Tema: Re: CONDONACION DE DEUDA LEY 29670 Miér Abr 15 2015, 05:49 | |
| Gracias Periquita, ya me parecía que algo de eso había... según quien la ingrese decide si la gente paga cinco años más o menos, una barbaridad!! |
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juan galvan Auxiliar
Mensajes : 143 Empleo /Ocio : Previsionalista
| Tema: Re: CONDONACION DE DEUDA LEY 29670 Miér Abr 15 2015, 18:48 | |
| Entiendo que hablaban de Ley 26970, no?
Usando Ley 26970, con nacimiento en 12/1950, se liquida :
01/1969 al 10/1996 = 27años 10meses art19 ley 24241 exc = 2años 2 meses
ddjj art 3º ley 24476, según cese de 10/1996 = 6años.-
Saludos.- |
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morgusj Meritorio
Mensajes : 36
| Tema: Re: CONDONACION DE DEUDA LEY 29670 Mar Abr 28 2015, 20:24 | |
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| Tema: Re: CONDONACION DE DEUDA LEY 29670 | |
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