Buenas tardes, tengo un duda respecto al art 8 ley 26970, jubil por edad avanzada. Tengo el caso de una sra extranjera, con 70 años, estuvo afiliada como autónoma desde 07/98 hasta 12/2008, pagó algún que otro mes, y nada más, Puedo presentarle una avanzada, ya que no me da con ninguna moratoria completa, ingresó al país en 02/1984, o le tengo que hacer pagar dos años de monotr. y moratoria 26970. Gracias si me dan una idea.