Buenas tardes,
Queria consultar lo siguiente:
Tengo un caso en donde mi clienta aporto en Uruguay 10 A, actualmente y desde 1985 tiene radicacion en nuestro país. En este caso deberia pedir turno por Convenio con aplicación de la moratoria Ley 26970 más el Art 19 dado que ya tiene 65 A. Mi duda es, en caso de lograr comprar por moratoria 35 A podría jubilarse con la mínima con complemento al mínimo o por utilizar los aportes de Uruguay pierde ese derecho?
Los formularios Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del Mercosur (MER-Correlacion 2) más los formularios comunes a cualquier jubilacion?
Muchas gracias!!!