Los califican fehacientes, hasta donde sé,
• si fueron aportados en tiempo y forma (no regularizados posteriormente).
• y si van por moratoria hay que llevar pruebas fehacientes -valga la redundancia-. Por ej.: si sos modista tenés que presentar:
o título de corte y confección
o factura de compra de máquina/s de coser
o facturas de compra de telas, hilos, botones, moldes, etc.
o lista de clientes a los que les cosías
o algunos de estos clientes pueden presentarse como testigos
o y todo lo que se te ocurra.
Como verás no es fácil.
Saludos