Una señora falleció en el año 2005, tenía 76 años, no estaba jubilada y tampoco aportes previsionales, el esposo jubilado no puede tramitar una pensión directa? porque por moratoria ley 24476 al ser el esposo jubilado no puede tener dos beneficios, y en el caso de la Ley 26970 reuniendo todos los requisitos de jubilación mínima, socio-ambiental pero al no tener la causante una inscripción al fallecer, tampoco se podría hacer, es asi?
Slds.
Nan.-