Hola a todos! soy nueva en el foro, desde ya agradeceré si me pueden orientar con esta duda:
Tengo un cliente que trabajó como petrolero (le correspondería acogerse al régimen especial del Dec. 2136/64 ya que el año pasado ampliaron los sujetos que se pueden jubilar por ese régimen. Se incluyó a aquellos que no han estado en "el campo" es decir se amplió el nro de personas, que pueden jubilarse con 25 años de aportes y 50 de edad.
El caso es que, hecha la ley, hecha la trampa, el requisito que exige ANSES es que en las certificaciones de servicios figure como categoría insalubres/diferenciales (01) y a mi cliente la empresa siempre lo declaró como servicios ordinarios (00) con lo cual no puedo jubilarlo...
La pregunta es, a quién le reclamo, a la empleadora, o ANSES?
Porque se supone que con la nueva resolución, (es del 2015) se amplía el universo de jubilables, pero si luego lo lomitan por el nomenclador, estamos en la misma...
bueno, desde ya muchas gracias por el aporte!!!