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 DECRETO 526 O LEY 25321

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CAPITANDANIEL
Mariavir
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Mariavir
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MensajeTema: DECRETO 526 O LEY 25321   DECRETO 526 O LEY 25321 EmptySáb Nov 18 2017, 11:50

Hola Foristas. Tengo que presentar una pensión y tengo dudas si debo aplicar decreto o Ley 25321. Los datos son los siguientes:
DATOS PERSONALES
IND. 1/1967 A 12/1968
CAT E 1/1969 A 6/1980
CAT A 7/1980 A 12/1986
CAT B 1/1987 A 2/2007
T I ING 15000 3/2007 A 12/2013

Del detalle de deuda sale que debe:
01/1973 a 09/1991
Después hasta el 01/2005 tiene todo pago. A partir de ese período tiene algunos con deuda de intereses solos y otros con cap e interes.
Y dentro de los últimos 36 meses al fallecimiento (12/2010 a 12/2013) tiene:
12/2010 a 8/2013 deuda de intereses pero capital pagado dentro del mes de vto.
9/2013 a 12/2013 debe cap e intereses.
De mis calculos surge que anterior al 9/1993 le quedan aportados 7 años y 10 meses y posterior al 9/1993, 14 años y 4 meses. total aportado real: 22 años y 2 m.
Mi idea era hacer lo siguiente:
toda la deuda anterior y posterior al 9/1993 aplicar dec 526 y
al período 12/2010 a 8/2013 aplicar Dec. 526 conforme Resolución 03/08 que permite que me computen los periodos en los que se pago cap fuera de termino pero dentro del mes vto y no me cobren los intereses. Pero entiendo que cuentan tanto para la regularidad como para el calculo del haber según la citada resolución.
La otra alternativa que me plantearon es completar los 30 años con ley 24476 y usar ley 25321 art 1. Esto último no me convence porque entiendo que con el último tiempo aportado cumple la calidad de aportante regular con derecho.
Espero no haber sido muy extensa y les agradezco muchísimo cualquier aporte que me puedan hacer.
La semana que viene tengo turno en anses así que después les cuento pero antes de ir me gustaría saber que opinan.
Gracias!!!!!!!!!!!!!
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CAPITANDANIEL
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CAPITANDANIEL


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MensajeTema: Re: DECRETO 526 O LEY 25321   DECRETO 526 O LEY 25321 EmptyDom Nov 19 2017, 08:12

CIRCULAR INVOCACIÓN SIMULTÁNEA DEL DECRETO 526/95 Y DE LA LEY Nº 24.476
SU IMPROCEDENCIA PARA CUMPLIR LA CONDICIÓN DE APORTANTE EN EL PERÍODO CONSOLIDADO POR LA MORATORIA
REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 36/08
Para la tramitación de las prestaciones previstas por el SIJP, no podrán invocarse en forma simultánea para cumplir la condición de aportante en las siguientes prestaciones:
Prestación Invocación Simultánea para cumplir la condición de aportante en el período de consolidación de la Ley Nº 24.476 (1º/1/1955 al 30/9/1993)
Decreto Nº 526/95 Ley Nº 24.476 Fundamento legal
Retiro por Invalidez No No Decreto Nº 526/95 (1)
Pensión por Fallecimiento de afiliado en actividad No No Decreto Nº 526/95 (1)

(1) El Decreto 526/95 es concluyente en el sentido de que la calificación de aportante regular o irregular, con o sin derecho, a la que se refiere el art. 95 de la Ley Nº 24.241 y el Decreto Nº 460/99, como condición para el acceso a las prestaciones de invalidez y pensión de afiliado fallecido en actividad no es susceptible de ser modificada mediante el pago de los aportes adeudados, incluyendo los planes de facilidades de pago, tal como el que instrumenta la Ley Nº 24.476 (Capítulo II).
No obstante, la Resolución DE ANSES Nº 319/06, reglamentaria de la Ley Nº 24.476 (Capítulo II) dictada según las facultades otorgadas por el artículo 6º del Decreto Nº 1454/05, establece que el afiliado autónomo podrá completar el período necesario para reunir la condición de aportante con la invocación de los planes de facilidades de pago instrumentados por la citada ley. De igual manera, admite que los derechohabientes del afiliado autónomo fallecido puedan invocar dicha ley para los fines indicados.
Es por ello, que a fin de armonizar ambas disposiciones reglamentarias, no cabe admitir que por el período de consolidación de aportes adeudados de la Ley Nº 24.476 (Capítulo II) - 1/1/1955 al 30/9/1993 - , se invoque además la no exigibilidad de aportes establecida por el Decreto 526/95.

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Mariavir
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MensajeTema: Re: DECRETO 526 O LEY 25321   DECRETO 526 O LEY 25321 EmptyDom Nov 19 2017, 23:44

En realidad pensaba no usar 24476. Directamente dejar toda la deuda. Porque la regularidad con el último tiempo aportado la tiene.
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MARIAALEX
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MensajeTema: Re: DECRETO 526 O LEY 25321   DECRETO 526 O LEY 25321 EmptyLun Nov 20 2017, 06:01

Cuál es tu duda concreta Mariavir? si tiene la regularidad, ya está, si hay deuda se aplica decreto.
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Mariavir
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MensajeTema: Re: DECRETO 526 O LEY 25321   DECRETO 526 O LEY 25321 EmptyLun Nov 20 2017, 10:04

MARIAALEX escribió:
Cuál es tu duda concreta Mariavir? si tiene la regularidad, ya está, si hay deuda se aplica decreto.
HOla MARIAALEX. siiii.Esa es mi duda concreta.
El tiene 33 meses aportados de los 36, algunos pago fuera de termino pero dentro del mes del vencimiento y entiendo que se computan para la regularidad.
Por lo tanto, no estando en duda la regularidad con derecho, yo pensaba aplicar decreto 526 a toda la deuda.
La liquidación de SICAM le dan 47 años pero con deuda incluida. Pero aportados reales tiene unos 20 años.
Conclusión: en vez de usar 24476 para completar los 30, si ya cuento con la regularidad no habría necesidad. ¿estoy en lo correcto?
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periquita
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MensajeTema: Re: DECRETO 526 O LEY 25321   DECRETO 526 O LEY 25321 EmptyLun Nov 20 2017, 19:27

Estás en lo correcto.

Saludos
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Mariavir
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MensajeTema: Re: DECRETO 526 O LEY 25321   DECRETO 526 O LEY 25321 EmptyLun Nov 20 2017, 22:58

periquita escribió:
Estás en lo correcto.

Saludos

Gracias Periquita por responder! El jueves les cuento como me fue.
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Mariavir
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MensajeTema: Re: DECRETO 526 O LEY 25321   DECRETO 526 O LEY 25321 EmptyJue Nov 23 2017, 23:19

Hola a todos. Les cuento que hoy fui a anses y no tuve suerte. Hice una nota aparte indicando los períodos a los que quería aplicar decreto e hice hincapié a la aplicación de la circular 03/08 para la deuda de intereses de los últimos períodos, pero cuando la iniciadora cargó la aplicación del decreto me dijo que no le daba la condición de aportante (no quiso aplicar circular, no se si ésta se carga también por sistema o lo tienen que poner aparte). Me dijo que aplique 24476 para llegar a los 30, aplique art 1 a la deuda después del 93 y la anterior que no me sirva y tengo que pagar de contado la deuda que quede porque la Sra es jubilada.
Una pena tener que usar moratoria y encima pagar de contado cuando la circular dice que tengo la regularidad.
Gracias a todos por sus aportes.
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Bertalilia
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MensajeTema: Re: DECRETO 526 O LEY 25321   DECRETO 526 O LEY 25321 EmptyLun Mar 19 2018, 10:51

Hola Maria , como lo solucionaste?
Estoy mirando porque tengo un caso parecido,
Es RTI , tiene 20 meses aportados en los últimos 36.
Haciendo un total de 7 años y 3 meses (contando rr dd y autonomo)

Hago la liquidacion de Sicam, la dejo con deuda y aplico decreto?
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Mariavir
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MensajeTema: Re: DECRETO 526 O LEY 25321   DECRETO 526 O LEY 25321 EmptyLun Mar 19 2018, 23:12

Hola. Yo no puede aplicar el decreto porque no me quisieron reconocer los periodos pagados vencidos pero dentro del mes de vencimiento. No se si por desconocimiento o falta de voluntad de la iniciadora, y tuve que comprar por moratoria 24476 pero en tu caso, si cumplis con la regularidad, usa decreto a la dueda que te aparezca. Calculo que no deberias tener problema-
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MFernanda
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MensajeTema: Re: DECRETO 526 O LEY 25321   DECRETO 526 O LEY 25321 EmptyVie Jun 08 2018, 11:58

Hola a todos! Mariavir, leyendo un poco la aplicaciòn de las leyes y decretos, y luego de ver tu posteo, resolvì hacer la siguiente liquidaciòn
12/1964 a 12/1974
10/1978 a 08/1980
Art. 3 24476 12/1984 a 09/1993
Art. 1 25321 09/1995 a 09/1996

Completo los 30 años con aportes en dependencia y art. 19 24241
Pero mi duda principal es si aplique bien las leyes
Està bien? teniendo en cuenta que la deuda es del 95 y 96, por eso aplique el art. 1 25321 o es incompatible, con la 24476?? Se me mezclò todo. Agradezco desde ya los comentarios.
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