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| Regularidad. | |
| | Autor | Mensaje |
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fla Gran Usuario
Mensajes : 395
| Tema: Regularidad. Mar Dic 05 2017, 18:59 | |
| Hola! cómo están? Los consulto. Es un caso que dentro de los últimos 5 años tiene aportados en tiempo y forma sólo 8 meses. Pero tiene mas aportes dentro del lapso de los últimos 5 años; que estan pagados fuera de término pero no le resulta intereses porque tienen el beneficio de exencion ley 27.260. ¿Estos aportes puedo considerarlos? oh sí o sí debe estar pagos en tiempo y forma independientemente de que no figuren con deuda por la exención. |
| | | juan galvan Auxiliar
Mensajes : 143 Empleo /Ocio : Previsionalista
| Tema: Re: Regularidad. Mar Dic 05 2017, 19:24 | |
| Fijate si lo podes encuadrar dentro de éste segmento del DECRETO 460/99:
Cuando se trate de trabajadores que realicen tareas discontinuas, en las que la discontinuidad derive de la naturaleza de las mismas, al que se le hubieren efectuado las retenciones previsionales correspondientes durante SEIS (6) meses, como mínimo, dentro de los TREINTA Y SEIS (36) meses anteriores a los acontecimientos descriptos, siempre que dichas retenciones se hubieran efectuado sobre remuneraciones que representen, como mínimo, el valor de DIECIOCHO (18) MODULOS PREVISIONALES (MOPRE).
Saludos.- |
| | | fla Gran Usuario
Mensajes : 395
| Tema: Re: Regularidad. Mar Dic 05 2017, 20:00 | |
| - juan galvan escribió:
- Fijate si lo podes encuadrar dentro de éste segmento del DECRETO 460/99:
Cuando se trate de trabajadores que realicen tareas discontinuas, en las que la discontinuidad derive de la naturaleza de las mismas, al que se le hubieren efectuado las retenciones previsionales correspondientes durante SEIS (6) meses, como mínimo, dentro de los TREINTA Y SEIS (36) meses anteriores a los acontecimientos descriptos, siempre que dichas retenciones se hubieran efectuado sobre remuneraciones que representen, como mínimo, el valor de DIECIOCHO (18) MODULOS PREVISIONALES (MOPRE).
Saludos.- Hola Juan Galvan. Ante todo, gracias por tu ayuda! El caso que menciono es de autónomos puros. El segmento del Decreto 460/99 que me mencionas corresponde para trabajadores en relación de dependencia verdad? |
| | | juan galvan Auxiliar
Mensajes : 143 Empleo /Ocio : Previsionalista
| Tema: Re: Regularidad. Miér Dic 06 2017, 10:24 | |
| Si, son para Relación de Dependencia. Podes conseguir la Regularidad, si no la tenés con pago autónomo/monotributo anteriores. Pagas previa inscripción en Monotributo Promovido (barato) periodos desde ahora: 12/2017 en adelante. Y completar los 12 o 18 meses que quieras encuadrar en la 460/99. Es totalmente valido.-
Saludos.- |
| | | fla Gran Usuario
Mensajes : 395
| Tema: Re: Regularidad. Miér Dic 06 2017, 18:05 | |
| - juan galvan escribió:
- Si, son para Relación de Dependencia.
Podes conseguir la Regularidad, si no la tenés con pago autónomo/monotributo anteriores. Pagas previa inscripción en Monotributo Promovido (barato) periodos desde ahora: 12/2017 en adelante. Y completar los 12 o 18 meses que quieras encuadrar en la 460/99. Es totalmente valido.-
Saludos.- Es un caso de Pensión directa. Entiendo que la posibilidad que me mencionas es para casos de invalidez; verdad? Varios pagos me aparecen en la Cuenta Corriente de esta forma: 01/2015 021 019 019 obligacion mensual auton./monot. 20/01/2016 157.00 01/2015 021 027 027 pago a cuenta monot. / auton. 26/03/2015 157.00 Osea en el período 01/2015 me figura como vencimiento 20/01/2016 (no tendría que figurar 20/01/2015?) y el pago fue realizado el 26/03/2015. Pero como figura esa fecha de vencimiento posterior no arrojó intereses, está como pagado en término. ¿Los puedo considerar? |
| | | MARIAALEX Gran Usuario
Mensajes : 2707
| Tema: Re: Regularidad. Jue Dic 07 2017, 06:03 | |
| El monotributo vence el 20 del mes en curso, se considera regular si esta pagado antes del 30 o 31 de ese mes, si se pagó en marzo ese mes no es regular. |
| | | fla Gran Usuario
Mensajes : 395
| Tema: Re: Regularidad. Lun Dic 11 2017, 21:33 | |
| - MARIAALEX escribió:
- El monotributo vence el 20 del mes en curso, se considera regular si esta pagado antes del 30 o 31 de ese mes, si se pagó en marzo ese mes no es regular.
Hola MARIAALEX. Muchas gracias! Saludos |
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| Tema: Re: Regularidad. | |
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| | | | Regularidad. | |
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