Hola, la consulta es por la parte de autónomos, tiene inscripción 11/1994 y cese 02/2007, son simultáneos con aportes en la municipalidad, es ex combatiente y vamos por la ley 12875, tiene además, 10 años de aportes en rrdd en anses y 21 años en la municipalidad, la pregunta es, se puede aplicar el artic 1 a todos los períodos de autónomos? o va la 14236? no tiene un solo pago y el cese es por oficio. Gracias.