Hola: buenas noches, lo que tienes que demostrar es que se cumplió con ese derecho del 18%, ya que muchos comprenden que si no reclamó el derecho, se rompe el vìnculo, la relación de dependencia económica y ya no lo puede solicitar pensión. Esa relación de dependencia se demuestra con constancias de depósito del ex marido en la cuenta de la mujer.
Pero, hay otra parte de previsionalistas, que dicen que es una sentencia judicial, cosa juzgada, es irrenunciable como derecho y hay que reclamarlo aunque no lo haya pagado. saludos