Buenas tardes, si no siguen las pautas para la liquidación, pueden oponerse a la sentencia, se compara con topes, villanustre: inadmisibilidad de haberes superiores a sueldos de trabajadores activos. y vigentes para la misma tarea que hizo el beneficiario. Puede ser que de negativo el aumento, puede ser que la persona sea joven (menos de 70 años), y le contesten que hay lista de prioridades para cobrar y debe esperar.
Puede ser que falte algún requisito para trabajar la sentencia, es decir que no haya llegado completa, como para trabajarla.
Hay que ver la resolución y si no tienen razón, lo debido es hacer una ejecución de sentencia judicial.
Hay casos en que le habren hasta tres expedientes 150.depende de la habilidad del abogado,
En un caso, porque no podían determinar cuál era el salario actual de un trabajador activo, docente tucumano, con una categoría que ya no existía en esa universidad, y no podían determinar el haber que actualmente le correspondía... Suerte!!!