[size=18]Por ACTA 1807/09 de fecha 23/06/09 la CSJN, Autorizo la suspencion por 180 dias a las Camaras de Apelaciones y Juzgados Federales de Primera Instacia de la Seguridad Social para dictar Sentecias en todos los casos con expedientes que tienen llamados de autos, contados a partir de la presente.-[/size]