Lo que pasa es que el empleado no se puede negar, porque en este caso la Ley ampara al empleador que no tiene que hacerse cargo de una persona mayor y que no tiene igual rendimiento laboral, incluso los seguros de vida no cubren a mayores de 65. En este caso por lo visto el empelador no quiere que siga, porque casi siempre el tema se habla y se lo emplaza verbalmente, si es que hay buena relación . Pero sí o sí tiene que iniciar os trámites porque cuando venza el plazo de una año se quedará sin haberes y sin jubilación y no tendrá derecho a reclamo alguno