Hola bienvenido al foro, entrerriano:
Te comento que
podés considerar aportes desde la fecha de ingreso al país, con lo cual ganás 5 meses.
Si nació en 09/1948 tiene más de 3 meses de art. 19.
SDM lo podés considerar desde abril de 2000.
Me parece que vas a estar muy justo con los aportes, te va a faltar alrededor de un año.
Te va a servir leer el material que ya se ha posteado en el Foro.
Armalo y volvé a consultarnos.
Suerte