La ley 24476 preveé que deberán acogerse aquellos que tengan la edad jubilatoria..., pero sé que en la práctica ante el pedido del futuro beneficiario de tener todo completo para cdo llegue sus 60 o 65 según, se liquida moratoria para completar aportes antes de dicha edad. Tengo un caso de un señor que le faltan 4 años para los 65, en la actualidad trabaja en RRDD, pero con el cómputo de todo su período laborado más el que resta sabe que le faltará entre 3 a 4 años de aportes y quiero ir pagando ya la moratoria con un período que tiene sin actividad de los 18 en adelante.
En la realidad es viable? es decir alguien presentó un trámite jubilatorio en la cual se había acogido a la moratoria tiempo antes de cumplir la edad requerida?
Gracias!!
Nan.-