Hola, espero que me puedan ayudar, ya que nuevamente estoy en dificultades.
Estoy con una jubilacion casi terminada, cuando quiero calcular la deuda (segun moratoria 24476) me salta un pantalla que ya se ha formulado liquidacion segun ley 25865 (es del año 2004, de autonomos) el tema es que no puedo comprar los años que me faltan porque estan pendientes de cancelacion las cuotas, ya que una y otra ley son incompatibles. Por favor, si alguno de ustedes me pueden dar una mano, para ver si me conviene dar de baja en la afip la 25865. Muchisimas gracias.
y si la señora, termina de pagar con las cuotas faltantes, la afip diligentemente carga los pagos en el sicam, puedo de todas formas optar por la ley 24476????
gracias atte dra. sarlo