Hola Touche:
Esta parte creo que es mas o menos asì. Tiene que hacer el tràmite en Anses y en el lugar donde està internado el beneficiario.
En el hospital le otorgarán certificaciòn de que el beneficiario està internado para que presente en Anses, ahì le informaràn que otra documentaciòn necesita y la autorizaràn para el cobro.
Con respecto a tu consulta de la pensiòn, en principio le corresponde a la concubina , con quien està conviviendo desde hace 25 años. Por supuesto que hay que acreditar la convivencia previsional.
Posteriormente, si la esposa `reclama, se verà. Por eso en estos casos, es necesario ingresar el tràmite a la brevedad.
besitos