Hola !!! les consulto por este tema para despejar una duda, por jubilación iniciada en Anses La Plata con resultado favorable, previo reconocimiento de servicios de IPS, queria saber si el posterior reclamo judicial por honorarios no cancelados se regirian por Decreto Ley 8904/77 o por Ley de Honorarios Profesionales de la Nación?
Gracias !!!!