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 Fallaría la Corte contra la Anses por haber hecho pagos en negro

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MensajeTema: Fallaría la Corte contra la Anses por haber hecho pagos en negro   Fallaría la Corte contra la Anses por haber hecho pagos en negro EmptyVie Feb 25 2011, 20:07

Fuente: Jubilaciones y Pensiones en Argentina



Fallaría la Corte contra la Anses por haber hecho pagos en negro

El martes definiría el caso de una empleada que le reclama al organismo por sumas no remunerativas:
Por Adrián Ventura
Para Diario La Nación


La Corte Suprema podría condenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) a computar el suplemento no remunerativo (en negro) que le pagaba a una funcionaria de ese organismo para el cálculo del haber jubilatorio.
La mujer demandó a su antiguo empleador, la Anses, porque durante sus últimos años de trabajo cobró un suplemento por funciones directivas muy elevado, que no fue tenido en cuenta al momento de calcular la jubilación. Luego de muchos años de juicio, el caso llegó a la Corte por vía de un recurso ordinario.

El máximo tribunal, que preside Ricardo Lorenzetti, en el acuerdo de ministros del martes próximo podría dictar finalmente el fallo, que ya circuló entre todos los jueces.

En la práctica, la ex empleada de la Anses verá casi duplicado el monto del haber jubilatorio que percibe actualmente.

Más allá de lo paradójico de la situación que vive esta ex trabajadora, que se desempeñaba para el organismo previsional que le pagó suplementos en negro y no los computó para el haber, la causa genera muchas expectativas por el impacto que puede tener en todos los organismos del Estado, que es uno de los principales empleadores que pagan en estas condiciones.

En efecto, no hay que imaginar el pago de sobresueldos en negro a políticos. El pago de sumas no remunerativas se extendió, desde hace muchos años, tanto en el empleo privado como en el público, y en forma paulatina la Justicia comenzó a dar una respuesta adecuada.

En septiembre de 2009, la Corte dictó el fallo Pérez contra Disco, mediante el cual les dio carácter remunerativo a los tickets canasta, un régimen que fue derogado.

Impacto en jubilaciones

En esta línea, en mayo de 2010, en el caso González, el máximo tribunal declaró la inconstitucionalidad de varios decretos de 2002 dictados por el Poder Ejecutivo durante la gestión de Eduardo Duhalde -también hubo otros, en otras épocas-, porque a la vez que establecían aumentos salariales para el sector privado, excluían esas sumas del cálculo del sueldo anual complementario y de la indemnización.

Pero a comienzos de este año, la Corte dio otro paso y empezó a ocuparse del impacto de esas sumas en las jubilaciones.

En el fallo Antonio Real, del 8 de febrero, ordenó que se recalcule la jubilación de un trabajador tomando en cuenta los sueldos y años trabajados sobre los que la empresa no efectuó los aportes y las contribuciones previsionales.

En el caso Real, el alto tribunal sostuvo que la Anses no puede interpretar en forma "dogmática" la ley previsional, que condiciona el cálculo de los haberes jubilatorios al ingreso efectivo de los aportes y las contribuciones personales y patronales a la Seguridad Social.

Con anterioridad, el demandante había presentado una demanda laboral y había obtenido la condena de la empresa, pero la Anses no había perseguido el pago de las sumas adeudadas por el empleador. Se consideró entonces que esta situación no puede perjudicar al trabajador en su jubilación. Real también había sostenido que el pago de los aportes y las contribuciones es responsabilidad del empleador y que poner en cabeza del trabajador la obligación de denunciar al empleador por incumplimiento implica el riesgo de sufrir un despido.

Los especialistas consideran que el fallo del caso Real, que beneficia a los trabajadores del sector privado, es importante porque flexibiliza la exigencia de haber cumplido el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social.

El caso que resolvería la Corte el martes próximo tiene dos diferencias con Real: no está discutido el carácter no remunerativo de las sumas y, además, no hay una condena laboral previa.

En cuanto al sector público, la Cámara Federal de la Seguridad Social ya dictó varias sentencias que ordenan computar distintos suplementos que se pagan en las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

Pero ahora la condena a la Anses será impuesta por la Corte, por lo cual muchos ex empleados públicos podrían revisar sus viejos recibos y demandar la inclusión de distintas sumas en el cálculo de sus haberes jubilatorios; se abriría así una nueva línea de litigios de esos ex trabajadores contra el Estado.

Habrá que analizar, también, qué criterio establece la Corte en cuanto al pago de las cotizaciones no ingresadas a la Seguridad social.

Por tratarse de un sistema contributivo, la ley previsional señala que es condición para el cálculo de la jubilación el ingreso de los aportes del trabajador y del empleador. Es decir, si nadie hizo esos aportes, el trabajador estaría cobrando un monto por el que no se hicieron contribuciones. Y las salas de la Cámara previsional discrepan sobre la posibilidad de la Anses de demandar retroactivamente esas sumas.

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