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 IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255

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cristhina
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MensajeTema: IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255   IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255 EmptyVie Jun 03 2011, 22:20

Buenas noches a todos. Alguien sabe si la nueva Ley por la que los docentes transferidos se podrian jubilar en el Ips incluye a aquellos docentes de escuelas privadas(Nacion) que luego fueron subvencionadas? o solo a los transferidos de escuelas publicas?
Gracias a quien me responda.
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periquita
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periquita


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MensajeTema: Re: IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255   IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255 EmptySáb Jun 04 2011, 00:00

Hola cristhina

Incluye a todos.

Saludos
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cristhina
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MensajeTema: Re: IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255   IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255 EmptyMiér Jun 08 2011, 17:03

Gracias Peri!! El problema se nos va a armar con los tramites que ya tenemos iniciados.
Ejemplo: Dipregep tengo un tramite iniciado a Cierre de Computos pero con caratula para presentar al anses Obviamente la docente ahora pretende jubilarse por IPS. Vamos a ver si Dipregep acepta cambiarla.
Ya mandamos telegrama hace dos meses con cese al 01/07/2011.
Crees posible que se pueda hacer por IPS? En los plazos que fija la Ley entraria correctamente a mi entender.
Que opinas?
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periquita
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periquita


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MensajeTema: Re: IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255   IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255 EmptyMiér Jun 08 2011, 19:41

Hola
Por ahora lo que se dice es esto:
Requisitos que deben cumplir aquellos que quieran acogerse a esta ley:

- Tener un mínimo de 15 años de aportes al IPS.
- Tener 55 años de edad o más.


Las jubilaciones deberán iniciarse con las formalidades requeridas hasta el momento.

El docente que cese por Cierre de Cómputos debe presentar el CC actualizado con fecha posterior a la vigencia de la ley – 15 de abril de 2011-Si se inicio un trámite de jubilación ante la Administración Nacional – ANSeS- y el mismo no fue otorgado popdrá renunciar a dicho procedimiento y acompañar Pantalla de Mesa de Entradas donde conste el no inicio de trámite en el sistema.

Completar el formulario de Opción Obligatorio.

La opción tendrá una vigenc ia de ciento ochenta ( 180 ) días desde su publicación, los docentes que estén en condiciones de beneficiarse deberán tener al día las certificaciones de servicio correspondientes hasta diciembre de 1993, de no ser así deberán solicitarlas en las escuelas trabajadas hasta esa fecha y llevarlas al ANSES para su reconocimiento.

En el caso de aquellos que pretendan iniciar el tramite en virtud de los plazos sin el Reconocimiento de Servicios insistan en que dicho tramite se les sea tomado y, que el expdiente pase al Archivo General a la espera del Reconocimiento faltante


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María52
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MensajeTema: Ley 14255   IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255 EmptyVie Jun 10 2011, 12:04

Gracias Periquita, por fin alguien que explica bien las cosas. Voy a La Plata todas las semanas y todavia nadie me aclaró éste tema. El formulario de opción quién lo provee?
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María52
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MensajeTema: Re: IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255   IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255 EmptyVie Jun 10 2011, 14:57

María52 escribió:
Gracias Periquita, por fin alguien que explica bien las cosas. Voy a La Plata todas las semanas y todavia nadie me aclaró éste tema. El formulario de opción quién lo provee? Y ora pregunta para los transferidos a los cuales las escuelas le abonan una parte en I.P.S. y otra en Anses, tambiés es?. Gracias
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periquita
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periquita


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MensajeTema: Re: IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255   IPS - Docentes transferidos Nueva Ley 14.255 EmptyDom Jun 12 2011, 03:23

María52 escribió:
María52 escribió:
Gracias Periquita, por fin alguien que explica bien las cosas. Voy a La Plata todas las semanas y todavia nadie me aclaró éste tema. El formulario de opción quién lo provee? Se supone que el IPS y también DGCyE y DIPREGEP

Y ora pregunta para los transferidos a los cuales las escuelas le abonan una parte en I.P.S. y otra en Anses, tambiés es? Sí, también.
Gracias
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