| | ABARATAR INTERESES O ART 3 | |
| | Autor | Mensaje |
---|
JIMUP Meritorio
Mensajes : 56
| Tema: ABARATAR INTERESES O ART 3 Mar Sep 13 2011, 17:55 | |
| Hola a todos, queria hacerles una consulta debido a mi poca experiencia estoy armando un sicam con sdm, de una señora de 60 años a la cual debo comprarle 6 años por sdm, me conviene renunciar al año del art 3, y comprar los periodos mas recientes para pagar menos intereses, o le compro de 2000 a 2006 y gano el año del art. 3. En caso de no optar por el art. 3, cual seria la última fecha para comprar años, hasta el día de elaboracion de sicam, por ej 09/2005 a 09/2011?. Muchas gracias.... |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Mar Sep 13 2011, 18:40 | |
| En tu conocimiento supongo los grandes riesgos del SDM extemporaneo. Te conviene resignar la DJ para incluir periodos mas recientes hasta el finalizado anterior al inicio _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | JIMUP Meritorio
Mensajes : 56
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Miér Sep 14 2011, 17:20 | |
| Conozco los riesgos, hay que pasar por la verificación, y en este caso el empleador existe y la tiene trabajando en negro hace mas de 5 años, lo que no se es si podria traerle alguna consecuencia juridica al empleador por tenerla en negro y declararlo en la verificación. Y cual seria una sdm extemponanea, tenia entendido que era si mi cliente no paga las cuotas al día... Muchas gracais por tu respuesta... |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Miér Sep 14 2011, 17:30 | |
| Quien le da el empleo SDM no es empleador, es dador de trabajo, no tiene consecuencia ninguna, si lo verifican, otros vecinos deben ser coincidentes con lo declarado, si difieren, la consecuencia la paga el trabajador pues pago y no le reconoceran el tiempo laborado
Si la relacion es real, mediante el pago blanquea esos aportes omitidos
Al pagar tardiamente se lo llama extemporaneo, lleva intereses _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | Nidia Colaboradores
Mensajes : 1126 Empleo /Ocio : Asesora laboral p/empresas
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Miér Sep 14 2011, 20:54 | |
| Si la relacion de servicios es real, no serìa conveniente declarar y pagar por el perìodo verdadero por lo menos por la parte que se necesita?... si lo es, esto evita las confusiones en las delaraciones de los testigos y las partes afectadas y siempre son màs sencillas de defender ... la cosa con este tema, como dice esta muy complicada y aùn siendo reales y contemporaneos, se esta haciendo dificil, ya habras leìdo sobre los extemporaneos- Creo que es conveniente advertirle claramente a tu cliente las posibilidades negativas, y si esta dispuesto a correr el riesgo, adelante!! Desde ya que es una humilde opiniòn- suerte!! ---------------------- Nidia |
| | | JIMUP Meritorio
Mensajes : 56
| Tema: Gracias Jue Sep 15 2011, 18:59 | |
| Muchas gracias por sus respuestas: Nidia vos dijiste:"...Si la relacion de servicios es real, no serìa conveniente declarar y pagar por el perìodo verdadero por lo menos por la parte que se necesita?... como seria esto?...porque no tengo conocmiento de otra forma de realizar la moratoria que no sea con el riesgoso sdm... Y me cuesta entender cuando es sdm es temporaneo y extemporaneo, o son todos extemporaneos?... Agradezco muchisimo su colaboración... |
| | | FLORCITA73 Gran Usuario
Mensajes : 715 Empleo /Ocio : Est. Derecho- Informatica
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Jue Sep 15 2011, 19:15 | |
| - JIMUP escribió:
- Muchas gracias por sus respuestas:
Nidia vos dijiste:"...Si la relacion de servicios es real, no serìa conveniente declarar y pagar por el perìodo verdadero por lo menos por la parte que se necesita?... como seria esto?...porque no tengo conocmiento de otra forma de realizar la moratoria que no sea con el riesgoso sdm... Y me cuesta entender cuando es sdm es temporaneo y extemporaneo, o son todos extemporaneos?... Agradezco muchisimo su colaboración... hola: La denominacion real seria pagar servicios domesticos extemporaneos o contemporaneos. Los extemporaneos son los que pagas por periodos pasados, anteriores, en los que se hubiera brindado este servicio. Anteriormente, cuando no existian los problemas actuales pagabamos el SDM a partir del 4/2000 y nos " pegabamos" a ese perìodo porque segun la escala del cese de los servicios nos permitia tomar mayor cantidad de años de DJ ( art. 3), tal como es el caso que planteas. Pero actualmente, si el servicio domestico es real y contemporaneo, es decir de ESTA epoca, prestado realmente en el mes que está corriendo, y así a futuro, conviene declararlos en estos periodos, aun con la desventaja de tomar menos años por DJ. No se si se entiende... saludos |
| | | Nidia Colaboradores
Mensajes : 1126 Empleo /Ocio : Asesora laboral p/empresas
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Vie Sep 16 2011, 21:31 | |
| perdon por la demora en responder- ratificando y ampliando la respeusta que te diera florcita a mi entender:
Extemporaneo significa en el caso que nos ocupa que los aportes no se ingresaron al momento del devengamiento y se hicieron todos juntos en un periodo cercano a la solicitud de la prestacion jubilatoria- incluyendo lo intereses por fuera de tèrmino correspondientes-
Cuando yo te comento que si el servicio prestado fue real, lo conveniente es respetar los meses efectivamente trabajados, es por que de `por si, por ser extemporaneos, ya generan duda, si se falsean los datos por mejorar o disminuir la deuda, siempre existe la posibilidad de que algùn dato no sea coincidente entre los dichos y los hechos de ambas partes, y eso solo es causal hoy por hoy de denegatoria por servicios no probados- (no habrìa problema en declarar menos tiempo del efectivamente trabajado si con ello alcanzas el tiempo necesario para obtener el derecho) espero te sirva el comentario- igual te recomiendo la lectura de todos los posteos al respecto...
saludos y bendiciones!!
...................... Nidia |
| | | JIMUP Meritorio
Mensajes : 56
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Vie Sep 23 2011, 16:57 | |
| Florcita y Nidia fueron muy claras muchas gracias por la explicación. Les comento que el lugar donde vivo es muy chiquito y nos conocemos todo, por lo que de existir realmente el trabajo (como es el caso de esta señora que trabaja hace mas de 5 años con el empleador en negro)cualquiera de los habitantes de mi pueblo podrian atestiguar esto, en virtud de lo que me explican llego a la conclusión de arriesgarme a resignar el art. 3 y declarar la verdadera situación de trabajo de esta señora de 2005 a 2011 y abaratar asi los intereses, y si no saque mal la liquidación me daria $4610. Gracias nuevamente por su ayuda y paciencia... |
| | | Nidia Colaboradores
Mensajes : 1126 Empleo /Ocio : Asesora laboral p/empresas
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Sáb Sep 24 2011, 14:48 | |
| La verdad siempre es mas sencilla de defender!! adelante y exitos con ese tramite... bendiciones! ---------------------- Nidia |
| | | JIMUP Meritorio
Mensajes : 56
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Vie Nov 18 2011, 12:17 | |
| Hola a todas vuelvo a molestarlas, porque aun no adelante nada con los tramites de esta señora, (que es empleada domestica en negro)y ahora ella fue al anses y le dieron el formulario PS 6.2 de certificación de servicios para que lo llene el patron y le dijeron que despues vuelva con dicho formulario, pero yo pienso lo siguiente: el patron no debiera llenar este formulario, sino va a quedar como que la señora trabajo en relación de dependencia, no se que opinan uds? Me mareo un poco la sra con esta consulta, jamás se me habria ocurrido pedir una certificación de servicios... |
| | | ferro Meritorio
Mensajes : 92
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Mar Nov 22 2011, 16:34 | |
| hola JIMUP, entiendo que no deberias hacer esa certificación, me parece que si tu cliente esta dispuesto a asumir los riesgos, simplemente realizá el sicam incluyendo SDM y pagá lo que tengas que pagar e ingresá el trámite, después se verá si ordenan certificación de servicios, igualmente espera respuestas de otros colegas, por las dudas. De lo que si estoy segura ahora que leo mas arriba, es que para SDM te conviene comprar desde hoy para atrás, yo probé de las dos fomas y es bastante la diferencia (por lo menos en este caso) |
| | | JIMUP Meritorio
Mensajes : 56
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Mar Nov 22 2011, 17:18 | |
| gracias ferro por tu respuesta, yo considero que no debo hacer la certificación, pero la señora insiste con ello, porque se lo dijeron en anses, ante su insistencia pense de ultima la hago y que no sirva despues, asi dejo tranquila a la señora, porque creo que no trae ninguna consecuencia tener esta certificación hecha.
En cuanto al posteo principal, gracias a todos los consejos que me han dado veo que es mucho mejor renunciar al art. 3 y declarar los periodos de ahora hacia atras, como esta señora aun sigue trabajando la fecha de corte cual seria, pago hasta la fecha de su cumpleaños o hasta el mes en que efectivamente realice el pago? muchas gracias por sus aportes que me fueron muy utiles... |
| | | ferro Meritorio
Mensajes : 92
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Mar Nov 22 2011, 18:00 | |
| paga hasta la fecha que nesesites para completar los 30 años de aportes, es decir paga desde el mes anterior al que vas a presentar al sicam para atrás por los 6 años que decis que te faltan para completar |
| | | JIMUP Meritorio
Mensajes : 56
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 Mar Nov 22 2011, 18:30 | |
| Mas claro y mas rapido imposible, muchisimas gracias por tu respuesta, y a todos lo que ayudan a los que nos perdemos un poco.
|
| | | Contenido patrocinado
| Tema: Re: ABARATAR INTERESES O ART 3 | |
| |
| | | | ABARATAR INTERESES O ART 3 | |
|
Temas similares | |
|
| Permisos de este foro: | No puedes responder a temas en este foro.
| |
| |
| Beneficios para Miembros | Ya tenemos la Nueva Biblioteca, debe estar registrado para acceder a la misma! |
Biblioteca | Si desea acceder a nuestra Biblioteca donde encontrara Leyes, Resoluciones, Circulares, Planillas de Calculo, otras informaciones y utilidades, debera estar previamente registrado, es rapido, sencillo y gratuito, los invitamos a unirse a traves del siguiente link |
|