Como no sos preciso de fechas te digo la pauta general
Tenes que ver del acuerdo jubilatorio la fecha de adquisicion de derechos; a partir de esta, todo desempleo percibido va a descuento, lo no percibido no debe descontarse.
No hay modelos, es un escrito breve y conciso valorando la situacion y resaltando los periodos que no debieron descontarse, pidiendo el reintegro.
Va por beneficiarios como reajuste por error en la primer liquidacion o fecha inicial de pago, pero solo te lo van a aceptar si apuntas exacto a lo antedicho, un dia de mas te genera rechazo.
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Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-