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4 participantes
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COQUIS
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COQUIS


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MensajeTema: regularidad   regularidad EmptyMar Mayo 29 2012, 16:01

hola foristas....necesito evacuar una duda....tengo un cliente que quiere solicitar el RTI, tiene bastante aportes pero en los ultimos cinco años casi nada, aun sige inscripto como autonomo....tiene pago 5 meses dentro de los ultimos 36 (a la fecha de hoy)
puedo pagar la deuda con capital e intereses de los últimos 30 meses ahora para adquirir la condicion de aportante regular??? o solo me resta hacerle la moratoria por lo que me falta para llegar a los 30 años? de ser asi se puede pagar de contado esa moratoria?....

muchas gracias como siempre a todos, pero me surgio la duda ya que para el tema de pension no se puede pagar para adquirir la regularidad pero nose si para RTI....

saludos a todos
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docta
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Femenino
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MensajeTema: Re: regularidad   regularidad EmptyMar Mayo 29 2012, 16:11

coquis te sugiero que pongas el tema en el buscador hay mucho material que te va a ser de utilidad, y por supuesto para regularidad tenés que tener los pagos en el mes calendario correspondiente, saludos regularidad 618258

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COQUIS
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COQUIS


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MensajeTema: Re: regularidad   regularidad EmptyMiér Mayo 30 2012, 15:57

muchas gracias docta....
lei varios comentarios y la verdad que se me genero una gran duda porque muchos dicen que se puede aplicar art 1 ley 25321 en RTI para periodos posteriores al 09/93 impagos y otros dicen que no....

opte por llegar a la regularidad con los 30 años en moratoria, pero necesito aplicar dicho beneficio...y nose que hacer...sino la deuda es enorme de tener que pagarla de contado a esos meses...

saludos
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MARIMO
Moderador



Femenino
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MensajeTema: Re: regularidad   regularidad EmptyMiér Mayo 30 2012, 16:41

COQUIS escribió:
muchas gracias docta....
lei varios comentarios y la verdad que se me genero una gran duda porque muchos dicen que se puede aplicar art 1 ley 25321 en RTI para periodos posteriores al 09/93 impagos y otros dicen que no....

opte por llegar a la regularidad con los 30 años en moratoria, pero necesito aplicar dicho beneficio...y nose que hacer...sino la deuda es enorme de tener que pagarla de contado a esos meses...

saludos

Fijate que esto es super importante y de lectura obligatoria. Ademas del material de la biblioteca que te va a ayudar a despejar las dudas .

https://previsional.forosactivos.net/t46-pensiones-regularidad
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COQUIS
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COQUIS


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MensajeTema: Re: regularidad   regularidad EmptyMiér Mayo 30 2012, 18:51

marimo...muchas gracias, ya lei lo que me recomendaste...pero igual sigue mi duda, porque en una parte dice lo siguiente:

"...30 años o sea que cumple con los requisitos de la PBU, caso en el cual se pueden aplicar todos los beneficios (DJ, A3, 25321) y además se pueden completar períodos faltantes por moratoria ley .24476, siempre y cuando el causante haya estado inscripto como trabajador AUTÓNOMO..."

osea, si llega a los 30 años SIN moratoria se puede aplicar los beneficios, pero si es CON moratoria no?????

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docta
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Femenino
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MensajeTema: Re: regularidad   regularidad EmptyJue Jun 07 2012, 19:02

si llegas a los 30 años porque no tenés otra regularidad y la deuda es posterior al 09/93 debés aplicar decreto 526/95 y se declara en la solicitud de beneficios, saludos regularidad 618258

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COQUIS
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COQUIS


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MensajeTema: Re: regularidad   regularidad EmptyLun Jun 11 2012, 20:01

foristas ante tanta inquietud, fui al anses a consultar a las chicas de asesoramiento previsional sobre el tema, y me dijeron que puedo aplicar art1 de renuncia a los periodos q me sobran de los 30 años pero no el decreto.....

espero que cuando presente el tramite no salgan con un martes 13.....

muchas gracias a todos por su transmision de conocimientos y experiencias, como siempre...

saludos
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mack-anita
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mack-anita


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MensajeTema: Re: regularidad   regularidad EmptyLun Jun 11 2012, 20:58

Si... a algunos asesores habria que grabarlos....
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