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Gabriela.s
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Gabriela.s


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MensajeTema: acreditar aportes   acreditar aportes EmptyMiér Abr 01 2009, 14:22

Hola! como estan? envie un telegrama a una empresa para que acrediten a un sr. 9 meses que no le salen en el sipa,y que el trabajo el año pasado. El telegrama me figura ya entregado, Saben que demora esa acreditacion? :(gracias):
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Gabriela.s
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MensajeTema: Re: acreditar aportes   acreditar aportes EmptyMiér Abr 01 2009, 14:48

ARTICULO 11. — Las indemnizaciones previstas en los artículos 8°, 9° y 10 procederán cuando el trabajador o la asociación sindical que lo representen cumplimente en forma fehaciente las siguientes acciones:

a. intime al empleador a fin de que proceda a la inscripción, establezca la fecha real de ingreso o el verdadero monto de las remuneraciones, y b. proceda de inmediato y, en todo caso, no después de las 24 horas hábiles siguientes, a remitir a la Administración Federal de Ingresos Públicos copia del requerimiento previsto en el inciso anterior.

Con la intimación el trabajador deberá indicar la real fecha de ingreso y las circunstancias verídicas que permitan calificar a la inscripción como defectuosa. Si el empleador contestare y diere total cumplimiento a la intimación dentro del plazo de los treinta días, quedará eximido del pago de las indemnizaciones antes indicadas.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 8°, 9° y 10 de esta ley, solo se computarán remuneraciones devengadas hasta los dos años anteriores a la fecha de su entrada en vigencia.

Son 30 dias una vez intimado? Neutral
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