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 reajuste pensionada

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Maite
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MensajeTema: reajuste pensionada   reajuste pensionada EmptySáb Ene 29 2011, 11:59

buenos dias queria hacer una consulta sobre un reajuste sobre una pension derivada .
la jubilacion el marido la habia adquirido en el año 1985 o sea bajo el amparo de la ley 18037 y modifica 22976, este fallece en el año 2000 y su viuda adquiere la pension ese mismo año.

el reajuste lo plantie bajo el amparo de la ley 18037 porque es continuadora la pension.
solicite fallo sanchez,
tambien el 75% haber ( ahora esta cobrando el 70% del haber )
tambien debo solicitar el fallo Badaro???

y otra duda esta señora se pensiono en el año 2000 bajo ley 24241. tengo que hacer algun planteo respecto a eso??
No se si es una barbarida lo que estoy preguntando y si lo es mil disculpas ... es que he leido tanto que la verdad es que estoy algo mareada y mas leo y mas me mareo
gracias
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markello
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markello


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MensajeTema: Re: reajuste pensionada   reajuste pensionada EmptyLun Ene 31 2011, 18:18

Es correcta la peticion, corresponde la aplicacion del 75% por ser pensionada de un beneficiario bajo la 18037.

Por supuesto hay que solicitar el badaro,

Cuando se plantea la aplicacion del 75% solo hay que manifestar que el beneifico previsional de PENSION fue otorgado bajo la 24241 cuando la pensionada deriva de un beneficiario de la 18037, por lo que corresponderia aplicar a la actora el porcentual determinado por la ley de origen.

El resto esta correcto.

saludos
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Maite
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MensajeTema: Re: reajuste pensionada   reajuste pensionada EmptyMar Feb 01 2011, 00:23

[quote="markello"]Es correcta la peticion, corresponde la aplicacion del 75% por ser pensionada de un beneficiario bajo la 18037.

Por supuesto hay que solicitar el badaro,

Cuando se plantea la aplicacion del 75% solo hay que manifestar que el beneifico previsional de PENSION fue otorgado bajo la 24241 cuando la pensionada deriva de un beneficiario de la 18037, por lo que corresponderia aplicar a la actora el porcentual determinado por la ley de origen.

El resto esta correcto.

Muchisimas gracias por tu respuesta ... pero ahora tengo otra duda respecto al porcentaje

que es la siguiente: este hombre se habia jubilado por la ley 18037 modificada 22976
año de cese 31-01-1989
tengo un cuadrito muy didactico que me indica en una columna los promedios de actualizaciones, y en la otra columna porcentaje del promedio. ... y es aqui donde entro en confunsion con la 18037 . en esta ultima columna dice 70% incrementado al 78% , 80% u 82% segun el exceso de edad.
O sea ese 75% de la ley 18037 no siempre el mismo porque puede variar no y puede ir desde el 70 al 82 % segun el exceso no??? es asi ?? o siempre corresponde como piso el 75% ?

ESte cuadro si lo necesitan porque esta muy piola creo que lo puedo bajar y dejarlo en la biblioteca ... porque aclara por periodos con las modificaciones de la ley .

gracias !!!!
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Maite
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MensajeTema: Re: reajuste pensionada   reajuste pensionada EmptyMar Feb 01 2011, 09:25

[quote="Maite"][quote="markello"]Es correcta la peticion, corresponde la aplicacion del 75% por ser pensionada de un beneficiario bajo la 18037.

Por supuesto hay que solicitar el badaro,

Cuando se plantea la aplicacion del 75% solo hay que manifestar que el beneifico previsional de PENSION fue otorgado bajo la 24241 cuando la pensionada deriva de un beneficiario de la 18037, por lo que corresponderia aplicar a la actora el porcentual determinado por la ley de origen.

El resto esta correcto.

Muchisimas gracias por tu respuesta ... pero ahora tengo otra duda respecto al porcentaje

que es la siguiente: este hombre se habia jubilado por la ley 18037 modificada 22976
año de cese 31-01-1989
tengo un cuadrito muy didactico que me indica en una columna los promedios de actualizaciones, y en la otra columna porcentaje del promedio. ... y es aqui donde entro en confunsion con la 18037 . en esta ultima columna dice 70% incrementado al 78% , 80% u 82% segun el exceso de edad.
O sea ese 75% de la ley 18037 no siempre el mismo porque puede variar no y puede ir desde el 70 al 82 % segun el exceso no??? es asi ?? o siempre corresponde como piso el 75% ?

ESte cuadro si lo necesitan porque esta muy piola creo que lo puedo bajar y dejarlo en la biblioteca ... porque aclara por periodos con las modificaciones de la ley .

gracias !!!

esto ya me di cuenta de donde viene claramente el 75% y es del art 52 de la ley 18037

no lo tenia claro porque esta persona tenia 37 años de aportes ... pero ya esta mil gracias .
Me lo respondo yo misma porque quizas le sirva a otro consultante

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