- floppy escribió:
- Hola aca estoy!! les cuento estoy armando un sicam...y la persona tiene deuda de autonomo y monotributo, deuda que voy a prescribir y renunciar....la duda es la siguiente en esos tramos tiene uno o dos pagos...fuera de termino y con deuda de intereses....se puede renunciar??? o hay que pagarlo??? y si se paga siendo monotributo conque formulario?? digo para que de en 0 el sicam....
Por lo que yo tengo entendido tendría que pagarlo porque no puede renunciar algo que pago, me confirman como es??'
Gracias..
Floppy
podes aplicar el art 1 ley 25321! y si queres pagarlo hacelo con el 799/E
ICS 376 019 019 para capital
ICS 376 019 051 intereses resarcitorios
si la deuda es anterior al 06/2004
el F 166 no funciona bien en los lugares de pago
saludos