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| reglita para solicitar aplicacion de la 524 | |
| | Autor | Mensaje |
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vainillaparedes Auxiliar
Mensajes : 179
| Tema: reglita para solicitar aplicacion de la 524 Jue Feb 12 2009, 18:16 | |
| Gente me podrian decir cual es la regla para calcular el 35% de lo que surja en la sijip ,y pedir la aplicacion de la 524 ,desde ya agradecida ,saludos |
| | | Anya Moderador
Mensajes : 2988 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: reglita para solicitar aplicacion de la 524 Jue Feb 12 2009, 20:51 | |
| regla de tres simple vamos por parte... verificas que no tenga fecha de alta ni de baja...o que no tenga fecha de alta ...o que no tenga fecha de baja. el periodo a computar es del 01/01/78 al 30/06/1994 el periodo es POR CADA empresa en la cual haya trabajado por cada empresa vas a hacer una regla de tres simple regla: si X es igual a 100 %...Y es igual a 35 %...siendo Y el total de meses trabajados que surgen de Sijyp...entonces Y por 100 dividido 35= a X que es la totalidad de tiempo a tomar Ejemplo... alta 05/80 baja no sale nada meses trabajados 8 alta no sale nada baja tampoco mese trabajados 12...año 81 entonces contas los 8 meses del 80 y los 12 del 81....20 meses trabjados... 20 meses------35 % X meses--------100% 20 por 100 dividido 35= 57 meses da X a esos 57 le restas los 20 que surgen del sijyp, y te da la cantidad de meses que podes extenderte....37meses = 3 años y un mes.. Ahora bien...tenes fecha de alta, entonces para atras no podras extenderte...pero al no tener fecha de baja podes ir hacia adelante....podras tomar del 05/80 al 01/85. espero que no haberte mareado!!
Última edición por Anya el Sáb Feb 14 2009, 10:22, editado 2 veces |
| | | vainillaparedes Auxiliar
Mensajes : 179
| Tema: Re: reglita para solicitar aplicacion de la 524 Vie Feb 13 2009, 18:42 | |
| Gracias Anya ,ahora voy intentar llevarlo a la practica ,nuevamente GRACIAS ,!!!!!!!!!!! saludos |
| | | almabal Moderador
Mensajes : 1151 Empleo /Ocio : Asesora previsional
| Tema: Re: reglita para solicitar aplicacion de la 524 Jue Feb 19 2009, 20:59 | |
| Para poder invocar el período a reconocer por la 524, ¿Hay que mandar telegrama pidiendo certificación por el total invocado? Gracias por las respuestas. |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: reglita para solicitar aplicacion de la 524 Jue Feb 19 2009, 21:59 | |
| Con la Ley 24241 la carga de la prueba recae sobre el empleado quien debe velar por sus aportes. En este caso es el documento patronal que declara la relacion laboral. Al retirarte de un empleo estabas resguardado por la legislacion para obtenerlo. Si vos no mandas telegramas, estas entregando tu posicion al enemigo, el cual usara tu omision de reclamo como argumento de denegacion. Justas o injustas, esas son la reglas de juego y tendras que usar ese argumento que ante un analisis legal, en faltante de otras pruebas, puede ayudarte. Al empleado no le cuesta nada, ........dale el gustito al Anses. Mismo razonamiento con los testigos habiles declarantes.. Al letrado Udai hay que ayudarlo en su desicion ante un caso dudoso, pensa que su dictamen es determinante. Saludos _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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| | | dominique Gran Usuario
Mensajes : 986
| Tema: Re: reglita para solicitar aplicacion de la 524 Sáb Feb 21 2009, 23:05 | |
| Gaturro: La tutela de los aportes está legislada en el art. 15 de la ley 24241: ceo que no se trata de un gustito de la ANSES ni tampoco es el enemigo.- Ante la ausencia de transferencias debe intervenir el letrado de la UDAI y presumo que eso significa más trabajo porque debe dictaminar, y además soportar el edido de clemencia de los colegas que ignoran la normativa.- Creo que lo que corresponde ante esas situaciones, es la denuncia previa a la iniciación el trámite ya que con la sola presentación de la aceptación de la misma, los servicios son dados por buenos por el abogado que intervenga.- |
| | | gracielaelena Gran Usuario
Mensajes : 356
| Tema: Re: reglita para solicitar aplicacion de la 524 Dom Feb 22 2009, 09:39 | |
| me parece que tambien hay que tener en cuenta que el periodo que se esta extendiendo se asegure ,si no lo trabajo realmente, que a veces sucede, que la empresa no haya cesado en su actividad puesto que hay un registro de empleadores. espero haber aportado algo. |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: reglita para solicitar aplicacion de la 524 Dom Feb 22 2009, 11:24 | |
| Hola Dominique: Coincidencias y divergencias con tus opiniones - dominique escribió:
- Gaturro:
La tutela de los aportes está legislada en el art. 15 de la ley 24241: El 15 habla de nulidad y reapertura, es el art. 13 el que habla de las obligaciones de los afiliados al sistema. ceo que no se trata de un gustito de la ANSES esto fue una apreciacion personal nadie mas que el trabajador sabe que a veces le hacen mandar CD. a un lugar que ceso hace años y que el cartero le traera la bolsita de vuelta, pero.....si Anses lo pide ,,,le hago el gustito. ni tampoco es el enemigo.- Coincido contigo, no es el enemigo, me exprese en terminos belicos, deberia haber dicho el fiscalizador de los aportes. Ante la ausencia de transferencias debe intervenir el letrado de la UDAI y presumo que eso significa más trabajo porque debe dictaminar, y además soportar el pedido de clemencia de los colegas que ignoran la normativa.- Aca de acuerdo, mas trabajo, mas demora del expediente, se podria haber obviado preparando el expediente antes de inicio conforme a normativa y no lamentarse despues y culpar al Anses. Creo que lo que corresponde ante esas situaciones, es la denuncia previa a la iniciación el trámite ya que con la sola presentación de la aceptación de la misma, los servicios son dados por buenos por el abogado que intervenga.- Aca debemos marcar un antes y un durante 24241, antes la fiscalizacion, las inspecciones, la toma de denuncias, la emision del IPA (por suerte hoy restablecido)- la responsabilidad que los aportes sumen era de Anses y si el organismo no llegaba a velar por todos nosotros, debemos ayudarlo hoy presentando en el expediente todos aquellos elementos documentales y testimoniales probatorios, y otros segun el caso, que aunque no tengan contundencia documental, ante la duda, inclinara la balanza en favor del aspirante, por eso digo,al letrado hay que ayudarlo, en la valoracion, aca lo unico que debemos hacer es agregar en inicio todo lo que sea materia de juzgamiento, obvio si hay reticencia habria que incorporar bajo insistencia. Muy distinta la probatoria post 1994, fizcalizada por Afip, se deberia obtener dictamen en 45 dias por ley, en la realidad se obtiene en 5 meses. Favorable total o parcial, oportunamente presentado en Anses no admite discusion por parte de esta ultima, dado a que la fiscalizacion post 94 es exclusiva de Afip. Anses acepta a libro cerrado. Por ultimo, dos elementos que complementarian los casos recientes, son las denuncia ante Ministerio de Trabajo por las omisiones varias del empleador (entre ellas las de aportes) y del mismo modo si el distracto origino contienda judicial, el juzgado pedira informe a Afip sobre si esos aportes fueron o no ingresados. Todo esto como bien menciona Dominique debe diligenciarse antes del inicio para llegar este con buen pronostico para periodos post 94. Saludos _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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