Hola a todos les comento que hoy me llego la notificación de la resolución que deniga el reajuste, dice lo siguiente.
Que el titular obtuvo el beneficio con alta 05/2005 y una fecha inicial de pago del 12/06/97.
Que los nuevos servicios presentados corresponden a los periodos 01/10/96 al 31/05/05.
que no corresponde determinar nuevo haber jubilatorio considerando el periodo 01/10/96 al12/06/97 ya que un periodo de tiempo tan reducido no produce modificación econ alguna.
Yo sabia que este señor se jubilo en 05, pero no sabia que la fecha inicial de pago fue en el 97.
Querria suponer que es verdad lo que ellos dicen.
Por lo tanto ya no tiene sentido recurrir, porque siendo verdad que el cobro retroactivo hasta 97, ya no hay mas nada para hacer.
Gracias a todos por sus aportes. saludos