Buenas tardes,
Me surgió una duda, y quisiera saber si podrían ayudarme a despejarla.
Recientemente tomé un caso, en el cual, la Sra. no tiene aportes jubilatorios.
Mi idea, y según lo que estuve leyendo, es que comience a pagar una moratoria por el máximo de años de aportes que pudiera comprar, al mismo tiempo que se inscribe como monotributista.
Y por otro lado, computar años de exceso de edad para sumar años de servicios.
Leyendo un libro de J. Yver, dice que en estos casos, para aplicar el beneficio por exceso de edad, hay que liquidar el Sicam, luego de cumplidos todos los requisitos.
No explica bien porque.
Esto es así?, o bien podría armar el expediente liquidando un Sicam al día de la fecha, y contabilizar, los servicios por exceso de edad a la fecha de inicio del trámite jubilatorio?
Desde ya, les agradezco toda la ayuda que puedan brindarme.
Saludos