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| regularidad | |
| | Autor | Mensaje |
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COQUIS Gran Usuario
Mensajes : 422
| Tema: regularidad Mar Mayo 29 2012, 16:01 | |
| hola foristas....necesito evacuar una duda....tengo un cliente que quiere solicitar el RTI, tiene bastante aportes pero en los ultimos cinco años casi nada, aun sige inscripto como autonomo....tiene pago 5 meses dentro de los ultimos 36 (a la fecha de hoy) puedo pagar la deuda con capital e intereses de los últimos 30 meses ahora para adquirir la condicion de aportante regular??? o solo me resta hacerle la moratoria por lo que me falta para llegar a los 30 años? de ser asi se puede pagar de contado esa moratoria?....
muchas gracias como siempre a todos, pero me surgio la duda ya que para el tema de pension no se puede pagar para adquirir la regularidad pero nose si para RTI....
saludos a todos |
| | | docta Colaboradores
Mensajes : 1410 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: regularidad Mar Mayo 29 2012, 16:11 | |
| coquis te sugiero que pongas el tema en el buscador hay mucho material que te va a ser de utilidad, y por supuesto para regularidad tenés que tener los pagos en el mes calendario correspondiente, saludos _________________ Búscate un cura para salvar tu alma; más si quieres salvar tu cuerpo, búscate un abogado.
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| | | COQUIS Gran Usuario
Mensajes : 422
| Tema: Re: regularidad Miér Mayo 30 2012, 15:57 | |
| muchas gracias docta.... lei varios comentarios y la verdad que se me genero una gran duda porque muchos dicen que se puede aplicar art 1 ley 25321 en RTI para periodos posteriores al 09/93 impagos y otros dicen que no....
opte por llegar a la regularidad con los 30 años en moratoria, pero necesito aplicar dicho beneficio...y nose que hacer...sino la deuda es enorme de tener que pagarla de contado a esos meses...
saludos |
| | | MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: regularidad Miér Mayo 30 2012, 16:41 | |
| - COQUIS escribió:
- muchas gracias docta....
lei varios comentarios y la verdad que se me genero una gran duda porque muchos dicen que se puede aplicar art 1 ley 25321 en RTI para periodos posteriores al 09/93 impagos y otros dicen que no....
opte por llegar a la regularidad con los 30 años en moratoria, pero necesito aplicar dicho beneficio...y nose que hacer...sino la deuda es enorme de tener que pagarla de contado a esos meses...
saludos Fijate que esto es super importante y de lectura obligatoria. Ademas del material de la biblioteca que te va a ayudar a despejar las dudas . https://previsional.forosactivos.net/t46-pensiones-regularidad |
| | | COQUIS Gran Usuario
Mensajes : 422
| Tema: Re: regularidad Miér Mayo 30 2012, 18:51 | |
| marimo...muchas gracias, ya lei lo que me recomendaste...pero igual sigue mi duda, porque en una parte dice lo siguiente:
"...30 años o sea que cumple con los requisitos de la PBU, caso en el cual se pueden aplicar todos los beneficios (DJ, A3, 25321) y además se pueden completar períodos faltantes por moratoria ley .24476, siempre y cuando el causante haya estado inscripto como trabajador AUTÓNOMO..."
osea, si llega a los 30 años SIN moratoria se puede aplicar los beneficios, pero si es CON moratoria no?????
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| | | docta Colaboradores
Mensajes : 1410 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: regularidad Jue Jun 07 2012, 19:02 | |
| si llegas a los 30 años porque no tenés otra regularidad y la deuda es posterior al 09/93 debés aplicar decreto 526/95 y se declara en la solicitud de beneficios, saludos _________________ Búscate un cura para salvar tu alma; más si quieres salvar tu cuerpo, búscate un abogado.
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| | | COQUIS Gran Usuario
Mensajes : 422
| Tema: Re: regularidad Lun Jun 11 2012, 20:01 | |
| foristas ante tanta inquietud, fui al anses a consultar a las chicas de asesoramiento previsional sobre el tema, y me dijeron que puedo aplicar art1 de renuncia a los periodos q me sobran de los 30 años pero no el decreto.....
espero que cuando presente el tramite no salgan con un martes 13.....
muchas gracias a todos por su transmision de conocimientos y experiencias, como siempre...
saludos |
| | | mack-anita Gran Usuario
Mensajes : 579 Empleo /Ocio : ABOGADA
| Tema: Re: regularidad Lun Jun 11 2012, 20:58 | |
| Si... a algunos asesores habria que grabarlos....
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| Tema: Re: regularidad | |
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| | | | regularidad | |
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