Es mi primer asunto previsional, por lo que me excuso de antemano por la falta total de práctica, más allá de mi esfuerzo por desasnarme.
Tengo un caso (mi madre) ama de casa sin aportes (le hicieron algún aporte como dependiente, pero no figura -probablemente porque se hizo con su CI, cuando carecía de DNI por ser extranjera- y es muy poco) durante todo el período comprendido en la 24.476. Serían 22 años 11 meses. Hasta ahí, calculo la deuda con situación de revista A898 (según leí, una de las más convenientes) y me liquida el plan de facilidades. Dado que la situación de revista no coincide con la registrada en el padrón (era ama de casa y no hacía aportes), una vez que el plan está listo, qué necesitaría hacer al respecto?
Por otro lado, quedan 7 años y 1 mes paca completar los aportes. Según el padrón, registra deuda por unos meses de 1999 por el monotributo y por autónomos, como directora de S.A. de 11/2008 en adelante, de lo cual pagó 2 años. En rigor, como monotributista recién se dio de baja en 05/2005, pero la deuda que registra es solo de 1999.
La duda es ¿puedo rectificar la deuda del monotributo y pagar la parte de esa deuda (prescripta por la ley 14 236) necesaria para completar los años de aporte necesarios para sumar los de la moratoria? Es decir, quedaría deuda no prescripta impaga, como directora. Si no entendí mal, la ley 25321 permite renunciar a eso, con una consecuencia para el cómputo del haber previsional, pero como no creo que el cómputo sea relevante, no tendría consecuencias. No hice el cálculo de los intereses aún, pero como directora paga mucho más que como monotributista.
En caso afirmativo, ¿cómo se formaliza esto? Luego, ¿se paga toda la deuda junta, o hay algún otro plan de facilidades? Entiendo que si se usa un plan de facilidades, debe cancelarse totalmente antes de iniciar el trámite. Es así?
Muchas gracias, por anticipado, por sus comentarios.