Perdon cometi error /colocando este tema en otro post, disculpas.-
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Necesito confirmar:
Entiendo que según lo prescripto en la ley 24016, cuando una persona ha prestado servicios docentes y luego renuncia para seguir trabajando, también en relación de dependencia pero en otro lugar (una dependencia estatal por ej.), corresponde prorrateo de esos servicios (que le beneficiaran bajando edad), siempre que tenga al menos 10 años Docentes, si acredita menos No va prorrateo. Estoy en lo cierto?
Consulto, porque me comentan que en una UDAI dijeron que si tiene menos igual se prorratean. Mil gracias!!!!