Estimados, se me generó una duda con una pensión.
El Sr. falleció estando inscripto en autónomos y habiendo realizado varios pagos pero, tiene deuda. Dado que al momento del fallecimiento contaba con 47 años de edad, voy a iniciarlo bajo insistencia alegando el caso Esparza.
La pregunta puntual es si le dejo la deuda como está? Ya que no puedo aplicar el art 1° ley 25321 dado que no reúne los 30 años de servicios.
Si alguien inició algún caso similar le agradecería me informe cómo manejó el tema de la deuda ya que en la UDAI donde me toca iniciarlo no han sabido responderme.
Muchas gracias!
Verónica